La Ley Nacional N°27.424 tiene por objeto fijar las políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución. Esto con miras a su autoconsumo y eventual inyección de excedentes a la red.
En este marco, la reciente resolución surgida desde el Ministerio de Obras y Servicios Públicos- como autoridad de aplicación de la mencionada legislación nacional- aprueba los procedimientos técnicos de aplicación en San Juan de la generación de energía distribuida.
Así las cosas, aquellos usuarios que lo requieran tendrán garantizado el derecho de instalar equipamiento para la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes renovables hasta una potencia equivalente a la que ya tiene contratada para su demanda con el distribuidor.
A esto se suma la posibilidad de inyectar el excedente de energía generada a la red con sus consecuentes beneficios para el usuario-generador.
En este sentido, el secretario de Agua y Energía Juan Carlos Caparrós, explicó: “Esto viene a dar posibilidades a la gente que quiera instalar paneles solares para uso doméstico y/o industrial pueda hacerlo transformándose en un usuario-generador».
«Será necesario un medidor bidireccional que al final del mes mostrará cuánta energía consumió de la red y cuánto inyectó. Sobre esto se hará un balance para su posterior reconocimiento en la factura por la distribuidora”, precisó el funcionario.