El gobierno publicó en un suplemento del Boletín Oficial los decretos 353/2021 y 354/2021 referidos a la puesta en vigencia del Régimen Tarifario de Transición para las compañías Transportadoras, y las Distribuidoras de gas natural, respectivamente, luego de dos años de congelamiento.
En las próximas horas serán publicadas las resoluciones que definen los ajustes en los cargos tarifarios que cobran estas empresas. Se estima que para el caso de las distribuidoras el VAD (valor agregado de distribución) promediará el 6 por ciento, y que el cargo para las transportadoras no tendría variación por ahora.
En cualquier caso, lo que resolverán el Ministerio de Economía y el Enargás estará muy distante de lo que solicitaron estas empresas en las audiencias públicas convocadas por el ente regulador en marzo.
Esto, en el contexto de vigencia de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la “Emergencia Pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social”.
El artículo 2° de la norma citada insta a “reglar la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva y reordenar el funcionamiento de los entes reguladores del sistema para asegurar una gestión eficiente de los mismos”.
El artículo 5° de dicha Ley facultó al Poder Ejecutivo Nacional a mantener las tarifas de gas natural bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de la Ley 24.076 (Marco Regulatorio del Gas) “propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias”.
Mientras que las Transportadoras TGN y TGS no acordaron criterio ni montos para las tarifas de transición, las distribuidoras signaron un acuerdo con las autoridades, con el compromiso de avanzar hacia una nueva Revisión Tarifaria Integral en 2022.
Los Acuerdos Transitorios de Renegociación han sido suscriptos individualmente por las Licenciatarias del Servicio Público de Distribución de Gas Natural CAMUZZI GAS DEL SUR, GASNOR; DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA., DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO, LITORAL GAS; CAMUZZI GAS PAMPEANA; METROGAS; NATURGY BAN y GAS NEA, con el ENARGAS y con el Ministerio de Economía, ad referendum del Poder Ejecutivo Nacional.
Los decretos ahora publicados “instruyen” al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias a los fines dispuestos” en la propia norma. Ocurre que el Estado subsidiará parte de la movida tarifaria en estos servicios.
COMBUSTIBLES
En otro orden, el gobierno también publicó el Decreto 352/2021 referido al rubro Hidrocarburos, disponiendo una nueva postergación del ajuste periódico del Impuesto a los Combustibles Líquidos (naftas y gasoils) y las dióxido de carbono, que se debían actualizar cada tres meses en base a la evolución del IPC (del INDEC).
En la actualidad, conforme a la modificación dispuesta por el Decreto 245/2021, se encuentra postergado el 62 por ciento del incremento derivado de la actualización de dichos impuestos correspondiente al cuarto trimestre del año 2020, hasta el 20 de junio de 2021, inclusive.
Esta vez, se establece una nueva prórroga de las actualizaciones trimestrales del ICL y al CO2 del 2021, hasta el 1 de diciembre de este año, fecha en la cual entrarían en vigencia.
“Tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles” argumenta el decreto, procurando aportar a una menor inflación.