La Ley N° 2099 (ver en línea), de Transición Energética, fue reglamentada con gran velocidad. El proyecto había sido sancionado el 19 de junio pasado por el Congreso y en menos de un mes fue aplicado por el Poder Ejecutivo.
Sin dudas su aplicación generará impactos en el sector de las energías renovables, ya que esta normativa genera modificaciones a la emblemática Ley 1715 del 2014.
Para analizar el tema, Energía Estratégica dialogó con Hemberth Suárez Lozano, Abogado y socio fundador de OGE Legal Services.
¿Hubo sorpresas en la reglamentación?
Hubo sorpresas positivas para el sector de energía eléctrica y gas combustible, como, por ejemplo, que se fortalece la reglamentación de beneficios para los medidores inteligentes, desarrollo de energía geotérmica, generación de energía que provenga de fuentes orgánicas como la de origen animal o vegetal.
En cuanto a la energía solar, se sigue apalancando su desarrollo indicando que el Gobierno Nacional fomentará la autogeneración fotovoltaica en edificaciones oficiales, especialmente, dedicadas a la prestación de servicios educativos y de salud.
En relación al hidrógeno se define de forma expresa que tanto el hidrógeno verde (con renovables) o azul (con gas natural y captura de carbono) son Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) y que son merecedores de los incentivos tributarios estipulados en la ley 1715 de 2014.
Para la movilidad eléctrica, se liberó a las empresas de transporte urbano masivo de pasajeros del pago de la contribución por solidaridad.
En cuanto a la institucionalidad, a partir de esta nueva ley los profesionales en derecho pueden ser comisionados expertos de la CREG.
¿Cuáles son los ejes más importantes respecto al mercado renovable?
Podría resumirlo en 5 ítems:
Fortalecimiento del almacenamiento de energía;
Modernizar y dinamizar el mercado energético;
Seguir materializando la transición energética;
Promover las FNCER;
Creación del Sello de Producción Limpia.
¿Sobre qué aspectos se debería continuar trabajando para promover más el sector renovable?
En este momento, con la ley 2099 de 2021 y la resolución CREG 075 de 2021, los inversionistas tienen respuesta a muchos requerimientos para promover y sacar adelante sus proyectos y, desde luego, nosotros los consultores jurídicos y regulatorios tenemos más herramientas para brindar soluciones a los inversionistas nacionales y extranjeros.
En mi opinión, la mesa está servida.
¿Cree que esta ley terminará por promover proyectos de Hidrogeno o hará falta un marco más atractivo?
Los inversionistas en el sector del hidrógeno tienen reglas, beneficios y condiciones definidos en una ley, lo cual ayudará a que se activen desarrollos en este nuevo energético, hoy clasificado como FNCER por la ley 2099 de 2021.