El ministerio de Economía habilitará en las próximas horas el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) dispuesto mediante el Decreto 332/2022, y se espera de precisiones acerca de plazos para la inscripción de los usuarios solicitantes y de entrada en vigencia de la reducción progresiva del actual beneficio generalizado en las facturas de los servicios de suministro de gas natural y de electricidad por redes.

En las últimas jornadas trascendió que la aplicación de la secuencia de reducción de estos subsidios estatales no sería con efecto retroactivo a junio último, aunque se mantendría el criterio de una eliminación por tercios bimestrales para aquellos usuarios que categoricen entre los de mayores ingresos y patrimonio, en base a los parámetros ya definidos.

Fuentes oficiales precisaron que “despues que se presente el formulario habra una campaña de difusión al respecto”, mientras se espera que además se concrete la designación del nuevo subsecretario de Planeamiento Energético, cargo vacante desde la renuncia de Santiago López Osornio.

Cabe referir que la Secretaría de Energía (en la órbita de Economía) buscó precisar a través de la resolución 467/2022 aspectos operativos para la ejecución de esta política de reducción de subsidios en base a un esquema de tres categorías de usuarios, con eliminación total, mantenimiento parcial, y mantenimiento total del beneficio, según corresponda.

la R-467 señaló al respecto que el decreto 332/2022 procedió a la creación del RASE bajo la órbita de la Subsecretaría de Planeamiento Energético, “a fin de que proceda a la confección del padrón de beneficiarios y beneficiarias, a partir de la información que se obtenga de las declaraciones juradas que deberán complementar los usuarios y las usuarias, a cuyo efecto la Secretaría de Innovación Tecnológica del Sector Público, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, dispondrá las herramientas tecnológicas pertinentes”.

Por ello entonces se dispondrá a partir del viernes 15/7 la publicación de la Declaración Jurada elaborada la Autoridad de Aplicación a través de un sistema disponible en forma digital en un sitio web.

Salvo que medie algún cambio de criterio, la Subsecretaría de Planeamiento Energético será quien “instrumente y gestione de manera integral el flujo de información en relación directa con los Organismos que serán su fuente de información, sus usuarios y usuarias y quienes la enriquezcan y complementen”.

La información procesada y clasificada para su implementación será remitida por dicha Subsecretaría al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), a los entes reguladores, autoridades provinciales y/o a las empresas prestadoras de los servicios públicos de distribución de energía eléctrica y gas natural por red, para su comunicación a los usuarios y las usuarias que correspondan, de acuerdo a lo que determine el procedimiento que dicte Planeamiento Energético.

Los usuarios y las usuarias alcanzados y alcanzadas por esta resolución dispondrán de la posibilidad de reclamar por su calificación en el régimen de segmentación de una manera ágil, expedita y gratuita, señala la norma.

También, que la Subsecretaría de Planeamiento Energético podrá requerir periódicamente los cruces de información necesarios para verificar la veracidad de las declaraciones juradas correspondientes, de acuerdo con la autorización brindada por cada solicitante, con el fin de administrar adecuadamente el régimen de segmentación.