La Secretaría de Energía convocó, a través de la Resolución 770/2022, a Concurso Público Nacional para la extensión de los compromisos asumidos por los adjudicatarios del Plan Gas Ar 2020/2024 en la Cuenca Neuquina, hasta el nuevo período contractual de 2028 recientemente dispuesto.

La prórroga procurada comprende a los procedimientos realizados para el Concurso Público Nacional “RONDA #1 – PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO–ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024”, convocado mediante la Resolución 317/2020 de la S.E. y adjudicado mediante la Resolución 391/2020, modificada por Resolución 447/2020 de esa cartera.

También comprende a los procedimientos realizados para el Concurso Público Nacional “RONDA #3″ convocado mediante la Resolución 984/2021 y adjudicado mediante la Resolución 1091/2021, ambas de la S.E.

En los considerandos de la nueva resolución se hace referencia a la reciente puesta en marcha (3 de noviembre) del “PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028”.

Y se describe que “a efectos de lograr la máxima coordinación con los contratos aún vigentes celebrados en el marco del mencionado Plan Gas.Ar, resulta necesario incorporar disposiciones que permitan amalgamar los contratos, compromisos de producción e inyección asumidos en el marco de las instancias celebradas anteriormente, instrumentando un procedimiento de oferta y competencia de precios, a efectos de adjudicar volúmenes de gas natural provenientes de todas las cuencas productivas del país”.

También para la celebración de contratos directos entre las empresas productoras y distribuidoras, por un lado, y entre las primeras y la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA (CAMMESA) y ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA), por el otro”.

La puesta en operaciones del Gasoducto troncal Presidente Néstor Kirchner, en proceso de construcción, demandará un volumen adicional e inicial de gas natural de 11 millones de metro cúbicos día. Y su realización completa (etapas 1 y 2) implicará poder transportar hasta 40 millones de metros cúbicos día.

La nueva resolución señala que “los contratos a suscribirse deberán ser capaces de producir niveles de precios acordes con inversiones a largo plazo y, al mismo tiempo, podrán contener mecanismos de incentivo o estímulo adicionales que aseguren la más amplia aceptación por parte de la industria global del gas natural”.

La elección del procedimiento de oferta y competencia tuvo como objetivo garantizar un sistema de precios del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) que surja de un mecanismo competitivo y transparente, a efectos de dar cumplimiento a los preceptos establecidos por la Ley 24.076 (marco regulatorio del Gas) .

La nueva convocatoria es para la adjudicación de los siguientes volúmenes de gas natural en la cuenca Neuquina:
. “Gas Plano Julio”: hasta ONCE MILLONES DE METROS CÚBICOS (11.000.000 m3) por día para el período comprendido entre el 1° de julio de 2023 y el 31 de diciembre de 2028, ambos inclusive.
. “Gas Plano Enero”: hasta TRES MILLONES DE METROS CÚBICOS (3.000.000 m3) por día para el período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2028, ambos inclusive.
. “Gas de Pico 2024”: hasta SIETE MILLONES DE METROS CÚBICOS (7.000.000 m3) por día para los períodos comprendidos entre el 1° de mayo y el 30 de septiembre, ambos inclusive, de los años 2024 a 2028, ambos inclusive.
. “Gas de Pico 2025”: hasta SIETE MILLONES DE METROS CÚBICOS (7.000.000 m3) por día para los períodos comprendidos entre el 1° de mayo y el 30 de septiembre, ambos inclusive, de los años 2025 a 2028, ambos inclusive.

Todo esto, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I acompañan al decreto de lanzamiento del “PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO…. 2023-2028 – “RONDA 4 – CUENCA NEUQUINA”.

Asimismo, la R-770/2022 convóca en el ámbito de la S.E. a Concurso Público Nacional para:
. La extensión hasta 2028 de los compromisos asumidos por aquellos adjudicatarios que realizaron ofertas en las Provincias de CHUBUT y SANTA CRUZ en el marco de la Ronda 1 del PLAN GAs Ar 2020-2024, convocado mediante la Resolución 317/20 de la S.E., adjudicado mediante la Resolución 391/20, y modificada por Resolución 447/20, de la misma cartera.

También para la presentación de proyectos de Gas Incremental en las cuencas Austral y Noroeste, bajo la figura de Plan de Actividad Incremental, conforme la definición del Decreto 892/2020, sustituido por el Decreto 730/2022 referido al PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS… 2023-2028 – RONDA 5.

El artículo 3° de la Resolución 770/22 indica que “a los efectos de garantizar la plena concurrencia al procedimiento de oferta y competencia dispuesto, publíquense edictos por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en TRES (3) diarios de circulación nacional; notifíquese vía sistema de Trámite a Distancia (TAD) a todas las empresas productoras inscriptas en el Registro de Empresas Petroleras, Sección Productoras, creado por la Disposición 337 de diciembre de 2019 de la ex SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS Y COMBUSTIBLES.

Y también instruye el envío de notificación a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA (CAMMESA); a la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH) y a la Asociación de Distribuidores de Gas (ADIGAS), a efectos de convocarlas a participar del mencionado procedimiento de oferta y competencia.

Las empresas distribuidoras y/o subdistribuidoras interesadas en adherir al presente esquema de oferta y demanda deberán remitir una nota de adhesión por el sistema TAD, y se entenderá que sus obligaciones como adherentes se generarán a partir de la firma de los contratos cuyo modelo fuera oportunamente aprobado por las Resoluciones 317/20 y 984/21, ambas de la S.E.

Las licenciatarias de distribución y/o subdistribuidoras y las adjudicatarias deberán presentar a la Secretaría y al ENARGAS, dentro del plazo de DIEZ (10) días de la vigencia de la presente medida, el o los nuevos contratos que resulten de la sustitución dispuesta respecto de los contratos vigentes.

La Resolución 770 aprueba los modelos de contratos deberán suscribir las empresas adjudicatarias, en el marco de la convocatoria, y además los Modelos de Contrato que deberán suscribir con ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) las empresas que resulten adjudicatarias de los volúmenes “Gas Plano Julio”, “Gas Plano Enero”, “Gas de Pico 2024” y “Gas de Pico 2025”, a licitar.

También aprueba el Modelo de Contrato que deberán suscribir las empresas adjudicatarias, en el marco de la convocatoria , y CAMMESA.

Por otra parte, la R-770 designó como miembros de la Comisión Evaluadora del Concurso Público Nacional que se convoca a Nicolás Ramón TAIARIOL (M.I. N° 26.932.264); Analía Rosa RODRIGUEZ (M.I. N° 16.405.712) y Lisa Susana RIVAS (M.I. N° 31.962.166).
Asimismo, se encomienda a la SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS a convocar semestralmente a la “Mesa de Trabajo de Valor Agregado Nacional” creada por la Resolución 317/20 de la S:E.

Con la participación de los actores enumerados en la citada norma se deberá trabajar propendiendo al crecimiento sostenido de la cadena de valor de la industria.

En el ámbito de la referida Mesa de Trabajo se deberá elaborar un listado de bienes y servicios considerados estratégicos según las características de cada cuenca, teniendo en cuenta los siguientes lineamientos:
a. el valor industrial agregado; b. el impacto favorable en la sustitución de importaciones del bien o servicio ofrecido; c. su impacto multiplicador en compras a otros oferentes de bienes y servicios nacionales; d. el potencial exportable del bien o servicio; e. el agregado de competitividad a la industria del gas natural; f. la criticidad del servicio.