Colombia, gracias a su localización geográfica y significativas fuentes hidrológicas, cuenta desde hace décadas con una matriz energética mayoritariamente limpia y renovable gracias a la generación de energía hidráulica (que no es considerada FNCER en Colombia), lo que ha facilitado la expedición de un marco normativo y condiciones económicas óptimas para el ingreso de nuevas fuentes de generación de energía a partir de fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER).

Es de elogiar que según información de Enerdata, Colombia durante el 2021 ocupó la cuarta posición a nivel mundial de generación de energía renovable con un promedio anual de 74,5%.

La política pública de promoción de las FNCER inicia con la expedición de la Ley 1715 de 2014, una norma que promueve la diversificación de la oferta a través de la incorporación de energías renovables, con el fin de complementar la matriz colombiana (dada su vulnerabilidad actual ante eventos de hidrología crítica), y en general, lograr una mayor oferta de energía en pro de la competencia del mercado y lograr una tarifa cada vez más eficiente trasladable al usuario final.

Con la promoción de la inversión en el sector renovable, mediante la incorporación de incentivos tributarios en renta, IVA y arancelarios, y una reglamentación asociada a los permisos, licencias, autorizaciones, etc., necesarios para el desarrollo, construcción y puesta en operación de las plantas de energía renovable, hoy Colombia cuenta con un estimado de 250 MW de energía solar en operación comercial, unos 17.857 MW en etapa de desarrollo y más de 59.000 MW en solicitudes de punto de conexión ante la UPME en el marco de la Resolución CREG 075 de 2021.

En este contexto, a continuación exponemos de manera ilustrativa, no exhaustiva, los principales aspectos a considerar en el desarrollo, construcción y operación comercial de un proyecto de generación FNCER:

La obtención de los permisos, autorizaciones y licencias de carácter ambiental ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) o las Corporaciones autónomas Regionales cuando apliquen, dependiendo si el proyecto es menor a 10 MW o siendo mayor a 10MW de capacidad instalada supera los 100 MW.
La obtención de otro tipo de permisos y autorizaciones relacionados con la construcción y el tránsito desde y hacia el proyecto cuando éstos se requieran por la naturaleza del proyecto y la infraestructura relacionada, ejemplo licencia de construcción, ocupación espacio público, permisos de obstáculos, Acuerdos de Coexistencia, entre otros.
Registro del proyecto ante la UPME, el cual es meramente informativo en principio, pero necesario para la obtención de incentivos tributarios reconocidos en las normas.
El trámite y obtención de los incentivos tributarios dispuestos en la Ley 1715 de 2014, Ley 2099 de 2021 y reglamentación concordante.
La obtención del Plan de Manejo Arqueológico y demás permisos relaciones ante el ICANH cuando la regulación lo indique.
La realización de consulta previa cuando haya a lugar.
La radicación a satisfacción de la UPME y obtención del Concepto de Asignación de Capacidad de Transporte expedido por la UPME, así como la constitución de garantías ante XM, la elaboración de la Curva S, envío de Informes de Seguimiento y cumplimiento de demás obligaciones dentro del término definido en la normatividad aplicable, so pena de que la UPME inicie Proceso de Liberación de Capacidad de Transporte.
La suscripción del correspondiente Contrato de Conexión con el Operador de Red o Transmisor.
El aseguramiento de los predios necesarios para el desarrollo y construcción del proyecto, incluyendo tanto la planta como la línea de conexión del proyecto a la red, para cuya bancabilidad es imprescindible un estudio jurídico y diagnóstico predial exhaustivo, en materia de superposiciones, uso del suelo, áreas protegidas, restitución de tierras, presencia de comunidades, baldíos, reputacional de contrapartes, entre otras.
Suscripción de contratos para la construcción del proyecto (EPC) y posterior suministro de la energía generada (PPA).

La diversificación de la matriz energética colombiana, se complementará con la incorporación de nuevos combustibles y tecnologías, tales como el hidrógeno azul o verde, la captura y el almacenamiento de carbono, la energía eólica marina, el almacenamiento de energía, incluso aumentando la participación de nuevos actores en el mercado como los autogeneradores, cogeneradores y generadores distribuidos con FNCER.