El Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua aprobó la Cancelación de la Personalidad Jurídica de 18 Organismos sin fines de lucro operativos en el país. Entre ellos, se vio afectada directamente la Cámara de Energía de Nicaragua (CEN), operativa desde el mes de julio del año 2015.

La decisión, que fue publicada en el Boletín Oficial este lunes 6 de marzo, no tardó en generar repercusiones en el sector energético renovable y distintos actores se pronunciaron en contra de esta medida.

En comunicación con Energía Estratégica, una analista de energías renovables alternativas advirtió que esto impactaría de varias maneras en la dinámica del mercado:

“La implicancia inmediata es que se agrava el deterioro del clima de negocios en el país, que desde el 2018 viene ocurriendo”, observó.

“En el área de las renovables las oportunidades para que el país pueda desarrollar más proyectos que dependen directamente de la inversión extranjera se vuelven cada vez más inciertas, ya que la situación política no provee la confianza y seguridad legal para que se reciban inversiones a largo plazo”, agregó la analista.

Desde hace tiempo atrás se alerta que “la certeza jurídica es el talón de Aquiles para desarrollar nuevos proyectos renovables en Nicaragua” y esta decisión del gobierno que resuelve la clausura de organizaciones gremiales, entre ellas la energética, genera aún más incertidumbre en el mercado.

En cuanto a las consideraciones legales a nivel de derecho internacional sobre la libertad de asociación, entidades como el Centro de Asistencia Legal Interamericano en Derechos Humanos (CALIDH) condenaron la disolución arbitraria que se llevó a cabo y señalaron que la misma «está prohibida por el Derecho Internacional».

En un comunicado emitido esta semana, CALIDH sostiene que “las irregularidades que alega el Ministerio de Gobernación en Nicaragua hacen parte de argumentos poco creíbles (…) el derecho internacional indica que la disolución de entidades debe tener una causa justificada en excepciones y en fines legítimos, excepciones que no se observan en este cierre».

¿Cuáles son estos argumentos? El Acuerdo Ministerial N° 27-2023-OSFL apunta a que las organizaciones gremiales no completaron el proceso de convalidación de registro que se incorporó a través de una modificación legislativa en agosto del 2022 (Ley 1127 «Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 1115 Ley General de Regulación y Control de Organismos sin fines de Lucro y de reformas a la Ley 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física).