La Secretaría de Energía creó el “Registro Nacional de Infraestructura de Carga de Vehículos Eléctricos (VE) y Vehículos Híbridos Eléctricos (VHE), en el ámbito de la Subsecretaría de Energía Eléctrica, con los objetivos de “identificar, georeferenciar y difundir el uso de infraestructura de carga de VE y VHE, el relevamiento estadístico de los consumos eléctricos de dicha infraestructura y el fomento de la movilidad eléctrica en todo el territorio de la República Argentina”.
A través de la Resolución 817/2023 la S.E. también dispuso la creación del “Mapa de Infraestructura de Carga de Vehículos Eléctricos (VE) y Vehículos Híbridos Eléctricos (VHE) a nivel nacional”, en el ámbito de la misma subsecretaría “con los objetivos de fomentar y publicitar las Infraestructuras de Carga públicas en todo el territorio del país”.
En los considerandos de la norma ya oficializada se señala que mediante la Ley 27.270, la Argentina aprobó el Acuerdo de París sobre el cambio climático. Y que en función de los Tratados Internacionales suscriptos se comprometió a la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero, entre ellos la reducción de la emisión de dióxido de carbono (CO2).
Por dichos compromisos internacionales surge la necesidad de promover políticas de descarbonización del transporte automotor, se indica en la R-817.
La Secretaría de Energía “fomentará que los usuarios de la movilidad eléctrica puedan cargar sus vehículos en cualquier punto de carga que pertenezca a la infraestructura de acceso público, así como en sus domicilios y centros privados de carga, velando por la eficiencia operacional del sistema de Energía Eléctrica”, puntualizó la norma.
En este orden Energía tiene por finalidad establecer medidas para mejorar la eficiencia energética del parque vehicular en general, “reduciendo la dependencia de combustibles fósiles, fomentando las fuentes de energías renovables y disminuyendo el costo de generar energía, propiciando así un aumento de la sustentabilidad del sector, al reducir la contaminación local y las emisiones de gases de efecto invernadero como efecto de un menor consumo de energías fósiles”.
“Resulta indispensable elaborar y desarrollar un sistema de estandarización de la infraestructura de carga pública de vehículos eléctricos, asegurando la entrega de información mínima con las características técnicas, y de ubicación y disponibilidad de cada cargador y sus conectores a los usuarios, de forma tal que la movilidad eléctrica pueda desarrollarse en el país”, puntualiza la R-817.