La intervención del Estado como agente impulsor y regulador en cualquier intervención económica que afecten los recursos naturales, es fundamental para evitar que los umbrales críticos de su uso y aprovechamiento sean quebrantados provocando daños irreparables.

Por Cecilia Giralt*

El Estado, mediante la generación de políticas públicas enfocadas, puede anticiparse a los riesgos ambientales y articular plataformas sustentables que consideren asimismo la participación ciudadana, garantizando los derechos de la población y el hábitat.

La reciente publicación de la Estrategia Nacional para el Desarrollo de la Economía del Hidrógeno (ENH), ha puesto de relieve las oportunidades que trae este vector energético para el país, poniendo foco en la importancia de articular para su desarrollo, la protección del ambiente y la política climática nacional.

Para este cometido la ENH ha puesto en marcha una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE)[1] para: (i) proveer una mayor consistencia entre los objetivos productivos y las metas ambientales, en el marco del cumplimiento de la normativa ambiental vigente; (ii) generar condiciones de mayor certidumbre a las potenciales inversiones, estableciendo las bases para las Evaluaciones de Impacto Ambiental que deben afrontar los proyectos individualmente; y (iii) elaborar propuestas de zonificación potencial para la radicación de polos productivos.

Ley General de Ambiente: Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) y Estudio de Impacto Ambiental (EIA)

Una Política Ambiental Estratégica del Hidrógeno (Política) deberá estar sostenida por la Ley General de Ambiente que establece los Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global.

Uno de los parámetros para esta Política, es establecer una línea de base de emisiones de CO2 para las Certificaciones de Origen y contemplar la transversalidad del cambio climático en cualquier política de Estado, lo cual implica considerar e integrar este principio en todas las acciones públicas y privadas implicadas en la cadena de valor del Hidrógeno.

Esta Ley Nº 25.675, Ley General del Ambiente, fija los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sostenible en Argentina.

Asimismo, garantiza que toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar o afectar de cualquier forma el ambiente, o afectar la calidad de vida de la población, esté sujeta a un procedimiento de evaluación o estudio de impacto ambiental, previo a su ejecución.

En su artículo 13, establece que los estudios de impacto ambiental deberán contener, como mínimo, una descripción detallada del proyecto de la obra o actividad a realizar, la identificación de las consecuencias sobre el ambiente, y las acciones destinadas a mitigar los efectos negativos. Es importante destacar que cada jurisdicción provincial, establece sus políticas y requerimientos ambientales cuando se radica un proyecto dentro de su territorio.

También sienta los presupuestos mínimos de protección ambiental y determina las pautas que pueden interpretarse como base de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) desde dos enfoques: como política pública y como instrumento de gestión ambiental.

El desarrollo del marco normativo para EAE es aún incipiente en Argentina. Puntualmente podemos encontrar referencia a ella en la Ley Nº 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial sancionada en 2010, que indica su aplicación, conforme a la escala de intervención de la actividad a desarrollar.

Sin embargo, las provincias de Chaco, Córdoba, Entre Ríos, Mendoza y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la incorporan dentro de su legislación interna para distintas temáticas.

A nivel internacional, conviven varias formas de aplicación de la EAE: a) como práctica basada en normativa general; b) como procedimiento institucional establecido; c) como requisito solicitado por organismos de financiamiento; d) como práctica voluntaria.

¿Qué implica una Evaluación Estratégica Ambiental para el Hidrógeno?

La Resolución 434/2019 estableció la normativa de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), como una herramienta que permite instrumentar los principios de la Ley General del Ambiente, facilitando la incorporación de la dimensión ambiental en los procesos de planificación estratégica, desde las fases más tempranas del diseño y la adopción de políticas, planes y programas gubernamentales.

Desde el punto de vista técnico, permite generar directrices que orientan el alcance de las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA), haciendo más efectivo el proceso de planeamiento, reduciendo costos, tiempos y conflictos potenciales, lo cual constituye una ventaja frente a una EIA solo enfocada en los impactos implicados en proyectos concretos e individuales.

GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UNA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA – Alcances de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) y de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

Los objetivos de la aplicación de la EAE son los siguientes:

 Incorporar los aspectos ambientales, así como los objetivos, principios e instrumentos de la Ley Nº 25.675 al diseño y adopción de políticas, planes y programas gubernamentales.

Promover los procesos participativos en el diseño y adopción de políticas, planes y programas gubernamentales.

Fortalecer el marco para la evaluación de impacto ambiental de proyectos vinculados a las políticas, planes y programas gubernamentales con una perspectiva integral y de largo plazo.

El organismo promotor debe seguir la “Guía para la elaboración de una evaluación ambiental estratégica” aprobada por la Resolución SGAYDS Nº 337/19, cuyo principal objetivo es brindar lineamientos conceptuales y metodológicos para la realización de la EAE.

GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL – Diferencias entre la EAE y la EIA.

La ENH ha puesto en marcha la EAE con un abordaje socioambiental, lo cual permitirá que los actores involucrados en el desarrollo de proyectos, puedan contar con una hoja de ruta para la implementación de los mismos, respetando la participación de la comunidad, los recursos naturales y el territorio.

Asimismo, prevé que hacia el año 2030, se revisará y/o ampliará el alcance de la EAE a otros territorios y tecnologías, con el objetivo de generar mejores condiciones y prácticas en términos de comunicación y participación pública.

Esto se considera vital para que las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA) requeridas en cada provincia donde se radiquen los proyectos puedan contar con un eje de política pública ambiental consensuado que facilite este desafío.

Con esta visión, el ENH en sus acciones futuras establece lo siguiente:

Implementar la EAE y un plan de seguimiento para futuras revisiones.

Promover la participación, comunicación y sensibilización vinculada a la producción de hidrógeno de bajas emisiones en el territorio nacional.

Incorporar la participación de proyectos de hidrógeno en la implementación de la Estrategia Nacional de Uso de Mercados de Carbono.

Sumar en el esquema de certificación de origen, herramientas que permitan estimar la contribución del hidrógeno de bajas emisiones a la mitigación al cambio climático y a los desafíos del desarrollo sostenible.

Identificar vacíos normativos e impulsar la creación de las regulaciones necesarias para una gestión ambientalmente segura y eficiente del hidrógeno y sus derivados, así como de los sitios de almacenamiento.

La experiencia mundial muestra que políticas, planes y programas que han atravesado el proceso de EAE tienen un perfil de resultados exitosos en la consideración social de los proyectos que se desprenden de ellas, siendo uno de los drivers importantes el licenciamiento social previo.

Esperamos que nuestro país pueda articular una Evaluación Ambiental Estratégica para el Hidrógeno que acompañe la radicación de proyectos, respetando la sustentabilidad y la sostenibilidad en el tiempo, y que incluya la consulta y participación comunitaria como mecanismo previo, para que el respecto del hábitat y del medio ambiente sean una realidad posible.

* Cecilia Giralt, es Abogada y Consultora Internacional en Políticas Públicas y Regulación en Energías Renovables e Hidrógeno. En el 2022 participó en el “Estudio de normas y regulaciones técnicas necesarias para el desarrollo del hidrógeno en Argentina”, como insumo para la formulación de la Estrategia Nacional de la Economía del Hidrógeno, financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo. 

[1] https://www.argentina.gob.ar/asuntos-estrategicos/estrategia-nacional-para-el-desarrollo-de-la-economia-del-hidrogeno/inversiones