El Ministerio de Minas y Energía (MME) de Brasil presentó su anteproyecto de ley para abordar el marco legal – reglamentario del hidrógeno bajo en carbono en el país, considerando que su avance es una de las prioridades del Plan Trienal 2023-2025 del Programa Nacional del Hidrógeno (PH2).
Es decir que la iniciativa del ejecutivo contempla al H2 producido a partir de tecnologías y fuentes de energía con bajas emisiones de gases de efecto invernadero, o con la adopción de tecnologías de eliminación de carbono (captura y almacenamiento), incluido el carbono negativo, que abarca:
Renovables,
Combustibles fósiles con captura, almacenamiento o uso de carbono;
Energía nuclear;
Residuos;
Hidrógeno natural;
Pirólisis de gas natural y biometano y microondas residuales, procesos híbridos o blends entre distintas fuentes
El MME le presentó el borrador al Grupo de Trabajo sobre Transición Energética del Consejo Económico Social Sostenible (CDESS), conocido popularmente como «Conselhao» (recibirá consultas hasta el 17 de noviembre) y de este modo, se convierte en el tercer anteproyecto sobre el H2 tras lo hecho por el Senado Federal (18/10) y la Cámara de Diputados (31/10).
Este anteproyecto de ley busca promover la adecuada expansión de la producción y uso de hidrógeno bajo en carbono en la matriz energética nacional, contribuir con previsibilidad para su participación competitiva en los mercados de combustibles e insumos industriales; como también contribuir al cumplimiento del Acuerdo de París.
Pero a diferencia de las otras iniciativas legislativas, en esta oportunidad la entidad encargada de la cartera energética de Brasil puso el foco en la certificación del hidrógeno, a tal punto que propone la creación del Sistema Brasileño de Certificación de Hidrógeno (SBCH2) y la estructura, gobernanza y competencias de los órganos que formarán parte del mismo.
“El certificado se emitirá para informar la intensidad de las emisiones relacionadas con la cadena de productos del hidrógeno (…) El sistema de certificación a que se refiere el caput será voluntario para los productores de hidrógeno y/o sus derivados producidos en el territorio nacional, y podrá ser utilizado con fines de información y difusión”, señala el documento al que accedió Energía Estratégica.
“Las reglas y gobernanza establecidas en la SBCH2 serán de obligado cumplimiento para todos los agentes económicos de la cadena de valor del hidrógeno que deseen emitir certificación para el hidrógeno o sus derivados producidos en territorio nacional”, agrega.
Mientras que para el posible uso de hidrógeno de origen importado, el reglamento abordará el proceso de reconocimiento de la certificación adoptada en el territorio de origen.
Por otra parte, la certificación del hidrógeno producido en Brasil deberá contener, como mínimo los siguientes aspectos:
Modelo de cadena de custodia que será adoptado
Alcance de las emisiones de GEI que serán consideradas
Frontera del sistema de certificación
Unidades certificables que serán relatadas en el certificado
Criterios para la suspensión y cancelación de los certificados de hidrógeno emitidos
Instrumentos de flexibilidad que pueden ser adoptados en casos de pérdida temporal de la especificación del hidrógeno.
Exploración y producción de H2
El borrador de la ley prevé que se desarrollará este vector energético tanto de manera onshore como offshore, ya sea en el mar territorial como en la plataforma continental o la zona económica exclusiva de Brasil.
Y la Agencia Nacional de Petróleo, Gás Natural y Biocombustibles (ANP) será la responsable de regular, autorizar y supervisar el ejercicio de la exploración y producción de hidrógeno natural en el territorio nacional (deberá establecerse las modalidades de otorgamiento las concesiones).
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