La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un pago a cuenta único y extraordinario del impuesto a las ganancias que deberá ingresar el sector hidrocarburífero y las actividades vinculadas. La medida comprende a las empresas que en la declaración jurada 2022 o 2023 hayan obtenido un resultado impositivo de más de $ 600 millones, sin haber aplicado los quebrantos, y desarrollen alguna de las siguientes actividades: • Extracción de petróleo crudo (incluidas arenas alquitraníferas, esquistos bituminosos o lutitas, aceites de petróleo y de minerales bituminosos, petróleo, etc.); • Extracción de gas natural (incluye gas natural licuado y gaseoso) • […]
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