Finalmente, tras la sanción de la sanción parlamentaria de la recortada “Ley de Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos” el Gobierno Nacional introdujo modificaciones a la Ley 17.319 buscando un aggiornamiento de la regulación de la producción de hidrocarburos para promover “la inversión y eficiencia en el sector”
Estas modificaciones abarcan desde la participación de empresas en la explotación de recursos hasta la fiscalización y control de las actividades, con un enfoque en la maximización de la renta y la seguridad energética.
Participación Ampliada en la Explotación
Una de las principales reformas permite que las actividades relacionadas con la explotación, procesamiento, transporte, almacenaje, industrialización y comercialización de hidrocarburos puedan ser realizadas por empresas estatales, privadas o mixtas. Este cambio, estipulado en el nuevo artículo 2º, promueve un entorno más inclusivo y competitivo, con la expectativa de atraer mayores inversiones y mejorar la eficiencia en la industria.
Se mantiene el principio de Política Nacional y Autonomía Regional donde el Poder Ejecutivo Nacional será el encargado de fijar la política nacional en materia de hidrocarburos, con el objetivo de maximizar la renta obtenida de la explotación y satisfacer las necesidades energéticas del país. Las reformas también otorgan a los gobiernos provinciales la capacidad de otorgar permisos y concesiones, descentralizando la toma de decisiones y potenciando el desarrollo regional. Cabe aclarar que la Reforma Constitucional de 1994, estableció en el Artículo 124 que: “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.”
Esta disposición implica que las provincias argentinas tienen el dominio originario sobre los recursos naturales, incluidos los hidrocarburos, que se encuentran en sus respectivos territorios. Esto significa que cada provincia tiene la autoridad para gestionar y regular la explotación de estos recursos dentro de su jurisdicción.
Otros cambios
Los permisionarios y concesionarios tendrán dominio sobre los hidrocarburos extraídos y podrán comercializarlos libremente, incluyendo la exportación, según el nuevo artículo 6º. Este cambio otorga mayor autonomía a las empresas para gestionar sus recursos, aunque se mantienen ciertas regulaciones para asegurar la seguridad energética nacional.
Incentivos al No Convencional
El artículo 27 bis define y regula la explotación no convencional de hidrocarburos, permitiendo la reconversión de áreas de explotación convencional a no convencional. Esta reforma facilita la adopción de nuevas tecnologías y métodos de extracción, lo que podría aumentar significativamente la producción de hidrocarburos en el país.
Las nuevas disposiciones sobre autorizaciones de transporte y almacenamiento subterráneo de hidrocarburos buscan mejorar la infraestructura necesaria para la industria. Estas reformas aseguran además una competencia justa y evitan la monopolización de servicios esenciales, promoviendo un mercado más eficiente.
Actualización de Regalías y Cánones
Se han actualizado los montos y condiciones para el pago de cánones y regalías, reflejando las condiciones económicas actuales y asegurando una contribución justa de las empresas explotadoras al Estado. Esta medida también tiene como objetivo incentivar la inversión en el sector.
Las reformas detallan las obligaciones de los permisionarios y concesionarios y establecen sanciones por incumplimiento, reforzando el marco regulatorio. Esto asegura el cumplimiento de las normas y la protección de los recursos naturales, proporcionando mecanismos claros para penalizar y corregir infracciones.
Coordinación y Fiscalización
Se han reforzado las facultades de fiscalización y control del Estado sobre las actividades hidrocarburíferas, promoviendo una gestión integrada y eficiente de los recursos. La colaboración entre los distintos niveles de gobierno es esencial para garantizar que las actividades se realicen de manera segura y conforme a la ley.