El Centro Nacional de Despacho (CND) de Honduras ha dado un paso clave en la implementación de la «Norma Técnica Transitoria de los Servicios Complementarios de Control de Voltaje y Potencia Reactiva, y Desconexión de Cargas».
Durante una jornada virtual de socialización llevada a cabo ayer jueves 17 de octubre, se detallaron los procedimientos para que las centrales de generación eléctrica, incluidas las de fuentes renovables como eólica y solar, soliciten su habilitación o bien presenten excepciones a ciertos requerimientos.
Este proceso responde al Acuerdo-CREE-47-2024, emitido por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), y tiene el propósito de regular la prestación de servicios complementarios en el sistema eléctrico hondureño.
Luis Felipe Mejía Morales, representante del CND, explicó que el objetivo de esta normativa es garantizar que todas las centrales generadoras contribuyan a la estabilidad del sistema eléctrico.
“La norma técnica transitoria de los servicios complementarios de control de voltaje y potencia reactiva, en su artículo 13 y 14, menciona que las empresas generadoras, comunidades o centrales generadoras deben contribuir al control de voltaje y potencia reactiva. Para este fin, el presente documento presenta los requisitos que tienen que cumplir en atención a lo que dice la norma”, señaló Mejía Morales. Asimismo, enfatizó que “cada coordinado que no pueda cumplir con uno de estos requerimientos puede incluirlos como excepciones dentro de la misma solicitud de evidencia”, conforme al artículo 6 de la norma.
Requisitos para la habilitación y las excepciones
Las centrales generadoras deben demostrar que pueden operar en modos de control de voltaje y potencia reactiva conforme a lo establecido en la norma. Entre los requisitos se encuentra la capacidad de operar en el rango de +0.95 y -0.95 de factor de potencia en condiciones normales, así como la permanencia en operación durante eventos de emergencia con voltajes fuera de los rangos normales. Además, deben poder reducir la inyección de potencia activa y suministrar potencia reactiva durante eventos de hueco de voltaje.
En caso de no poder cumplir con estos requerimientos, las centrales pueden solicitar excepciones, sustentadas con justificaciones técnicas y económicas. “La solicitud de excepción tiene que ir con su respectivo sustento que puede ser un documento, un PDF, una imagen o una descripción. Eso tiene que ser información suficiente que nos permita a nosotros, como el Centro Nacional de Despacho, poder validar la excepción solicitada o el justificativo de la provisión del servicio”, detalló Mejía Morales, agregando que se tomarán en cuenta las medidas correctivas que se propongan, así como los costos asociados a cumplir con el requerimiento, los cuales no deben exceder el 1% de las ventas anuales de la empresa generadora.
Impacto en centrales eólicas y solares
En el caso específico de las centrales eólicas y solares, el artículo 14 de la normativa establece requisitos específicos. Estas centrales deben poder absorber o entregar potencia reactiva y operar en modos de control de voltaje según las consignas del operador del sistema. Asimismo, se les exige mantenerse conectadas durante eventos de subvoltaje o sobrevoltaje, algo que representa un desafío técnico para tecnologías que, por su naturaleza, dependen de la intermitencia del recurso natural (ver más).
El proceso de habilitación para estas tecnologías se basa en un formato que recopila información técnica sobre las características operativas de las centrales. Omar Martínez, otro representante del CND, explicó: “La primera hoja está dividida en hojas de instrucciones, de documentos adjuntos, que podrían ser archivos directos como la curva de capacidad, el diagrama unifilar de la central, los diagramas internos de los procesos, así como otras características como funciones de transferencias y diagramas de bloques de controladores”. Estos datos son esenciales para garantizar que la central cumpla con los estándares necesarios para la prestación de servicios complementarios. Pero como se anticipó, los eólicos y solares tendrán requerimientos específicos:
Plazos y próximos pasos
Los generadores interesados en solicitar su habilitación o exención tienen un plazo de diez días hábiles para presentar sus comentarios y documentos justificativos. Esta información será evaluada por el CND, que posteriormente trasladará las solicitudes a la CREE para su aprobación final.
Según Martínez, «la idea principal de presentar estos formatos es que se comparta la información técnica necesaria para el correcto modelado de la central. Todo esto para garantizar el comportamiento adecuado de la central y asegurar que está en cumplimiento con la normativa».
Proponen nuevos requerimientos para eólica y solar en Honduras
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