A través del decreto 1035/2024, el gobierno prorrogó por 10 años, a partir del 6 de noviembre de 2027, la concesión de transporte a REFINERÍA DEL NORTE S.A. (REFINOR S.A.) sobre el Poliducto que se extiende desde Campo Durán, en la Provincia de SALTA, hasta la entrada de Montecristo en la Provincia de CÓRDOBA, cuyo flujo de transporte ha sido revertido en uno de dos tramos.

Asimismo, aprobó el Plan de Trabajo e Inversiones presentado por REFINOR para el período de prórroga de la concesión de transporte, que representará una inversión total de U$S 40.187.000, de acuerdo al siguiente detalle:

· Optimización de Tanques en complejo Campo Durán y en estación de despacho Banda Río Salí: dólares 8.977.000.
· Ampliación del Sistema de Protección Catódica: U$S 9.000.0000.
· Actualización de tecnología para Inspecciones en Línea (ILI): U$D 3.300.000.
· Utilización de nueva tecnología de materiales: U$S 12.750.000.
· Optimización de la seguridad operativa de las instalaciones: U$S 4.480.000.
· Actualización y automatismo de válvulas: U$S 1.680.000.

REFINOR “deberá cumplir, en primer término y previo a todo”, con el Plan de Trabajo e Inversiones a corto y mediano plazo comprometido para el período 2025-2027, y remitir anualmente a la Secretaría de Energía los reportes que den cuenta de su avance y cumplimiento, señala el decreto 1035/24.

La empresa concesionaria deberá enviar anualmente los reportes correspondientes al Plan de Trabajo e Inversiones correspondientes al plazo de la prórroga de la concesión otorgada.

Asimismo, la empresa concesionaria deberá cumplir con lo establecido en la Resolución de la ex-Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos del ex-Ministerio de Planificación Federal 120/17, y en la Disposición de la ex-Subsecretaría de Combustibles del ex-Ministerio de Planificación Federal 123/06, en cuanto a la presentación periódica de los estudios ambientales de operación y mantenimiento, el plan de contingencias y los informes de monitoreo.

Deberá además informar mensualmente el volumen de combustibles líquidos transportados mediante una declaración jurada, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución de la ex-Secretaría de Energía del ex-Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos 319/93.

Por otra parte, deberá mantener actualizada su inscripción en el Registro Nacional de Empresas Transportistas de Hidrocarburos Líquidos por Ductos y a través de Terminales Marítimas, normado por la Resolución 385/21.

Refinor, en su carácter de concesionaria de transporte, será responsable del Pago anual de la Tasa de Control de Transporte y Captación de Hidrocarburos determinada por las Resoluciones de la ex-S.E. 263/18, y 571/19 y sus modificatorias, debiendo mantener actualizado el Registro de Capacidades de Transporte y de Almacenaje de Hidrocarburos Líquidos.

El Decreto 1035 señala que deberán constituirse las servidumbres mineras de ocupación y de paso sobre los fundos que atraviesa el poliducto, que no fueron constituidas oportunamente, para lo cual se otorga a la empresa concesionaria un plazo de SESENTA (60) días contados a los fines de iniciar las tramitaciones pertinentes.

Una vez constituidas, las mencionadas servidumbres deberán ser inscriptas en los Registros de la Propiedad Inmueble de las provincias correspondientes dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días.

En los considerandos del decreto ahora oficializado se hace referencia a que “mediante la Resolución del ex-Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos 1340/1992 se dispuso la constitución de la empresa REFINOR S.A., y la transferencia a su favor de los derechos que correspondían a YPF S.A. sobre los activos asociados a la Cuenca Noroeste.

En el Inventario de Activos incorporados al capital social de REFINOR S.A., se incluyó al poliducto Campo Durán – Montecristo de 1.108 km de longitud y a las estaciones de bombeo: Campo Durán en la Provincia de SALTA, Urundel en la Provincia de JUJUY, Lavayén en la Provincia de JUJUY, Las Piedras en la Provincia de SALTA, Monteagudo en la Provincia de TUCUMÁN, San Antonio de la Paz en la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO y Quilino en la Provincia de CÓRDOBA.

Asimismo, se determinó la compraventa del 70 % de las acciones de REFINOR S.A. a quien YPF S.A. le transferiría la titularidad de sus derechos sobre el área Campo Durán integrante de la Cuenca Noroeste.

A través del Decreto 2445/92 se aprobó el contrato emergente del Concurso Público Internacional 14-280/92, suscripto entre YPF S.A., PLUSPETROL S.A., ASTRA S.A., COMPAÑÍA NAVIERA PEREZ COMPANC S.A. e ISAURA S.A., por el cual se efectuó la venta del SETENTA POR CIENTO (70 %) de las acciones de REFINOR S.A.

En abril de 1997 se instrumentó el Acta de Cesión de la concesión de transporte del poliducto Campo Durán-Montecristo suscripta entre YPF S.A. y REFINOR S.A.

El decreto ahora oficializado describe a manera de antecedente que “en oportunidad de la privatización de los activos mencionados, la producción de hidrocarburos provenientes de la Cuenca Noroeste resultaba altamente suficiente para garantizar el abastecimiento del mercado local, así como su exportación”.

REFINOR S.A. invirtió en unidades de proceso, destilación de vacío, reordenamiento de plantas de almacenaje, mantenimiento y reacondicionamiento del citado poliducto y en una red de estaciones de servicio que le permitieron convertirse en un importante abastecedor de hidrocarburos para el noroeste del país.

Con posterioridad, la fuerte disminución de las reservas y producción de hidrocarburos en los reservorios de la Cuenca Noroeste derivó en la subutilización y bajo aprovechamiento de las instalaciones, y generó la existencia de capacidad ociosa en los activos operados por REFINOR S.A.

En tal contexto, REFINOR S.A. inició en el año 2018 un plan estratégico con el fin de revertir el sentido de circulación del flujo de transporte del poliducto Campo Durán – Montecristo en dos etapas: el Tramo SUR comprendido entre Montecristo en la Provincia de CÓRDOBA hasta Banda Río Salí en TUCUMÁN, y el Tramo NORTE desde Banda Río Salí hasta Campo Durán en la Provincia de SALTA.

Dicho plan procuró abastecer de forma eficiente y segura al mercado de combustibles de la región Norte del país, como así también disminuir el impacto ambiental que conlleva el transporte de hidrocarburos por camiones. Asimismo, de existir excedentes en la producción local, la reversión permitiría la exportación de derivados del petróleo crudo o eventualmente condensados a países limítrofes.

REFINOR S.A. inició la ejecución de la primera etapa del plan de reversión correspondiente al tramo SUR comprendido entre Montecristo en la Provincia de CÓRDOBA hasta Banda Río Salí en la Provincia de TUCUMÁN.

“Luego de ser analizados los aspectos técnicos para la viabilidad de la primera etapa, no se encontraron objeciones para la reversión parcial y provisoria del sentido del flujo de transporte del Poliducto Campo Durán – Montecristo para el tramo mencionado, y hasta que se efectuara la reversión total desde Banda Río Salí hasta Campo Durán en la Provincia de SALTA”, señala el nuevo decreto.

En virtud de ello, el poliducto quedó dividido en DOS (2) tramos con sentido de flujo opuesto: Campo Durán – Banda del Río Salí en sentido NORTE-SUR y Montecristo – Banda del Río Salí con sentido SUR-NORTE.

Las inversiones ejecutadas entre los años 2018-2024, correspondientes al tramo SUR, representan un total de U$S 15.522.409.

En lo concerniente a la segunda etapa del plan de reversión del flujo de transporte correspondiente al tramo NORTE, comprendido entre Banda Del Río Salí en la Provincia de TUCUMÁN hasta Campo Durán en la Provincia de SALTA, se encuentra pendiente de ejecución por cuestiones relacionadas con la integridad de la cañería.

Que, en tal contexto, REFINOR S.A. solicitó la prórroga de DIEZ (10) años adicionales para la concesión de transporte que detenta sobre el Poliducto Campo Durán – Montecristo, conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley 17.319 (de Hidrocarburos) y sus modificatorias, ahora otorgada.