El Senado discutirá y votará las propuestas de modificación a las leyes secundarias en materia eléctrica el miércoles 26 de febrero. Entre ellas, la Ley del Sector Eléctrico (LESE) es la que generó más revuelo entre los anteproyectos que circularon durante estas instancias previas.

Uno de los puntos clave de la LESE es la «planeación vinculante», la cual otorga a la Secretaría de Energía (SENER) la responsabilidad de definir el Plan de Desarrollo del Sector Eléctrico. Este plan debe garantizar la confiabilidad, continuidad y accesibilidad del servicio eléctrico, preservando la seguridad energética y promoviendo la transición energética.

Sin embargo, Paul Alejandro Sánchez, analista del sector energético, advierte que el concepto da lugar a algunas ambigüedades. “No queda claro cuál es el efecto que pudiera tener esta planeación vinculante, si se puede obligar a los participantes o incluso sancionarlos si no cumplen con las condiciones establecidas”, señala. Además, menciona que no se define con precisión el concepto de «seguridad energética», lo que podría generar interpretaciones varias o hasta discrecionalidad por un actor que es juez y parte.

Otro aspecto que genera controversia es la «requisa» de instalaciones eléctricas por parte del Estado en casos de desastres naturales, guerras, huelgas o situaciones que amenacen la seguridad nacional o la continuidad del suministro eléctrico. La ley establece que el Gobierno Federal podrá hacerse del control de bienes móviles e inmóviles necesarios para el suministro eléctrico y disponer de ellos mientras persistan las condiciones que lo motivaron. “El Estado puede tomar las instalaciones privadas hasta que se resuelva la situación y eso podría afectar la operación de algunas empresas”, explica Sánchez.

Si bien la requisa no es un concepto nuevo en México, ya que está contemplada en la Ley de Expropiación desde el Artículo 2 Bis agregado en 1993, su aplicación específica en el sector eléctrico bajo la LESE podría generar incertidumbre entre los inversionistas privados de aprobarse a finales de este mes de febrero.

Así mismo, la prohibición del «lucro» en el suministro básico es otro punto que despierta dudas. La LESE define el lucro como el excedente económico después de cubrir costos operativos y garantizar recursos para inversión, modernización y expansión. Sánchez indica que la inclusión de este concepto podría limitar la participación privada en el mercado.

“Se establece el concepto de lucro, pero no sabemos cuáles serán sus implicaciones”, afirma. Además, la ley menciona que el Plan de Desarrollo del Sector Eléctrico debe evitar el lucro para garantizar la seguridad y soberanía energética, lo que podría traducirse en un control estricto de tarifas y márgenes de ganancia.

Sánchez concluye que estos tres conceptos —planeación vinculante, requisa y lucro— representan cambios estructurales en el sector eléctrico mexicano: “Aunque su implementación busca fortalecer el papel del Estado y garantizar el acceso a la energía, también genera incertidumbre sobre el impacto que podrían tener en la participación privada y la operación del mercado eléctrico”.

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