A cambio, las empresas de energías renovables deberán comprometer más garantía, incorporar más piezas locales o bajar el tiempo del contrato.
El Gobierno les dio más plazo a las empresas que ganaron la licitación para abastecer de energía renovable al sistema. Los titulares de proyectos que resultaron adjudicatarios de contratos de abastecimiento en la Ronda 2 del Programa RenovAr podrán pedir una prórroga de hasta 365 días de las fechas programadas de avance de obras.
A través del Programa RenovAr, las empresas obtuvieron contratos en dólares a diez años para la provisión de energía limpia. A cambio, las firmas se comprometieron a construir parques eólicos o solares en determinado período de tiempo.
Ahora, mediante la resolución 52/2019 de la Secretaría de Energía, publicada este martes en el Boletín Oficial, para obtener una prórroga de 180 días, el solicitante deberá incrementar 30% el monto original de la garantía de cumplimiento de contrato.
Para obtener una prórroga de hasta 365 días, se deberá cumplir con dos de tres requisitos, a elección del peticionante. Ellos son comprometerse a integrar un mínimo de 30% de componente nacional declarado (CND), aceptar una reducción del período de abastecimiento del contrato, equivalente a seis veces la cantidad de días corridos transcurridos entre la fecha programada de habilitación comercial y la finalmente concretada, o alcanzar una reducción del factor de incentivo previsto contractualmente.
En caso de que la autoridad de aplicación verificase una deficiencia en el cumplimiento del CND comprometido para acceder a la prórroga, la sociedad titular del proyecto será pasible de una multa equivalente a 40% de la facturación mensual por cada punto porcentual de incumplimiento.
La solicitud de prórroga de las fechas programadas de cierre financiero, comienzo de construcción y principio efectivo de ejecución deberá ser presentada ante la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) hasta el 30 de abril próximo.
En tanto, la solicitud de prórroga de la fecha programada de habilitación comercial deberá ser presentada ante Cammesa con una antelación no menor a 15 días hábiles a la prevista en cada contrato de abastecimiento de energía renovable.
Trascurrido el plazo de prórroga de 180 días sin que se acredite el cumplimiento del hito respectivo, la sociedad titular del proyecto deberá incrementar en cada caso la garantía de cumplimiento de contrato en un 20% del monto de dicha garantía vigente en la fecha del incumplimiento.
Fuente: https://www.evwind.com/2019/02/23/gobierno-y-empresas-de-energias-renovables-acuerdan-prorrogas-en-argentina/