Por Santiago Magrone

La Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos (CEPH), que nuclea a las principales petroleras que operan en el país, reiteró al gobierno nacional el reclamo de cobro de una deuda cercana a los 400 millones de dólares resultante de las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) en la operatoria de venta de gas natural a las distribuidoras, entre el momento del suministro del gas y del efectivo cobro del insumo, durante el año 2018.

En tiempos de relativa estabilidad cambiaria esas DDA suelen representar montos manejables que las distribuidoras facturan a los usuarios del servicio de gas por redes, pero la muy fuerte devaluación del peso en relación al dólar provocada durante la Administración Macri en el año 2018 desarticuló esta operación ya que implicaba el traslado (difícil) de ése monto a los consumidores, agravando la factura del servicio.

El precio dolarizado para el productor del gas y la factura en pesos que debe cobrar la distribuidora resultaban incompatibles, sin que estas últimas estuvieran dispuestas a hacerse cargo de semejante diferencia, ni siquiera parcialmente.

Con recambio de funcionarios en el ministerio de Energía y Minería, al gobierno de Cambiemos se le ocurrió en principio habilitar el cobro de esa diferencia a los usuarios en 24 cuotas mensuales, lo cual derivó en una andanada de rechazos y hasta la resistencia judicial por parte de defensores de los consumidores.

La inconveniencia política de insistir con dicha fórmula derivó entonces en otra, activada mediante el DNU 1053 (Artículo 7), por la cual el gobierno macrista determinó “con carácter excepcional” que el monto adeudado a las productoras fuera pagado por el Estado Nacional. Eso sí, en 30 cuotas mensuales.

Las productoras y las distribuidoras se acogieron a la propuesta y dejaron sentado que no avanzarían con ningún reclamo judicial o similar.

En medio de la debacle endeudadora del entonces gobierno no hubo pagos hasta noviembre de 2019, cuando ya de salida, Macri dejó paga una primera, y hasta ahora única cuota. Todo un gesto.

Desde la asunción del nuevo gobierno, las productoras nucleadas en la CEPH han venido realizando gestiones procurando cobrar, por caso ante el Ministerio de Desarrollo Productivo (MDP).

En las últimas semanas la situación se tensó ya que en el Senado de la Nación se trató y se decidió anular el DNU 1053/18, cuestión que ahora está a la consideración de la Cámara de Diputados.

Se sabe que la Intervención designada en el Enargas por la Administración Fernández (Alberto) también cuestiona los fundamentos de dicho decreto, y a los funcionarios que lo elaboraron.

Así las cosas, el 13 de julio último la CEPH hizo llegar una carta al Ministro Matías Kulfas, con copia al secretario de Energia, Sergio Lanziani, y al interventor del Enargas, Federico Bernal.

Con la firma del Director Ejecutivo, Manuel Mansilla, la CEPH “reitera la preocupación por las demoras en el pago de las cuotas mensuales y consecutivas correspondientes a los montos por diferencias diarias acumuladas en el marco de la resolución 466/19 y 624/19 del Enargas y el artículo 7 del decreto 1053/18”.

“Hasta la fecha solamente se ha pagado una cuota, lo que denota un claro incumplimiento del cronograma de pagos allí aprobado”, se recuerda.

La cámara empresarial destacar que “la normativa en cuestión esta vigente y debe surtir efectos jurídicos en el marco de lo dispuesto en el articulo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional y la Ley 26.122 (régimen legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia)”.

Se trata del artículo referido a las atribuciones del Presidente y de su condición de “responsable político de la administración general del país”.

Y el inciso señala entre otras cuestiones su facultad de dictar DNU, “solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes”.

Los DNU “serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán
refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros. El jefe de gabinete, dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente. Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato consideraran las Cámaras”……

En la nota al gobierno, se sostiene que “las empresas productoras y distribuidoras han adherido al régimen creado por la normativa mencionada y que obliga a todas las partes , incluído el Estado nacional”.

Y se advierte que “la mora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado nacional constituye una señal profundamente negativa para la inversión de nuestro sector , que enfrenta la actual situación económica general, agravada por el hecho de que el precio de venta del gas natural a las licenciatarias del servicio de distribución no registra aumentos desde hace mas de un año en un contexto de alta inflación y devaluación del peso”.

“A fin de evitar un mayor prejuicio económico y financiero a las empresas representadas por la CEPH , solicito una vez más la intervención del ministro para que disponga las medidas a fin de regularizar de forma urgente el pago de las cuotas mensuales correspondientes en el marco del articulo 7 del decreto 1053 y su normativa complementataria”, exhorta la entidad.

Endeudamiento, devaluación, inflación, y recesión económica heredadas explican la Ley de Emergencia vigente desde diciembre de 2019. Y con la Pandemia, sobre llovido…, mojado.