A principios de esta semana, la CREG publicó la Circular N°88, que establece modificaciones sobre la Resolución CREG 030 del año 2018, la cual viabilizó la actividad de la Generación Distribuida en Colombia. Los cambios están dirigidos especialmente sobre autogeneradores de hasta 5 MW.

“En el marco de la revisión de las reglas de autogeneración y generación distribuida se publican, para comentarios, los siguientes documentos elaborados por el Consejo Nacional de Operación (CNO)”, indica la circular. Y enumera:

1. Lineamientos y contenido del estudio de conexión simplificado para AGPE (Autogeneración a Pequeña Escala) en el rango de capacidad entre 0.1 y 1, y AGGE (Autogeneradores de Gran Escala) menor a 5 MW.

2. Documentación y pruebas requeridas para la conexión de generadores distribuidos, autogeneradores a pequeña escala y autogeneradores a gran escala hasta 5 MW en el SIN (Sistema Interconectado Nacional) colombiano, con sus Anexos:

Anexo 1: Procedimiento General Propuesto para la Realización de Pruebas de Verificación de la curva de capacidad para autogeneradores considerando la resolución CREG 030 de 2018.

Anexo 2: Lista de Chequeo de los Requisitos de Protecciones para la Conexión de Sistemas de Generación en el SIN colombiano para los Niveles de Tensión 1, 2 y 3.

Anexo 3: Procedimiento general para realizar pruebas a equipos de protección de sistemas de generación considerados en la resolución CREG 030 de 2018.

3. Acuerdo 1322 del CNO de 2020 sobre protecciones y el documento que soporta y justifica los requisitos solicitados.

4. Formato de solicitud de conexión simplificada para autogenerador a pequeña escala (AGPE) y generador distribuido, el cual se había publicado previamente en la Circular 108 de 2018.

La Circular 88 está dirigida al público en general, pero especialmente a operadores de red del Sistema Interconectado Nacional (SIN) y los usuarios de energía eléctrica.

“Las observaciones y sugerencias sobre los documentos se recibirán en el correo electrónico creg@creg.gov.co, hasta el 30 de septiembre de 2020, únicamente diligenciando el formato Excel anexo”, aclara la medida de la CREG.