En este contexto, es importante indicar que los proyectos de desarrollo territorial buscan cubrir las necesidades básicas insatisfechas, promover la inversión social y disminuir la pobreza de la población en las áreas de influencia de estas centrales.
Para cumplir con esta reglamentación, las empresas de generación y autogeneración de energía deberán:
- Levantar los requerimientos de proyectos de desarrollo territorial en coordinación con instituciones locales, sectores y comunidad de la zona de influencia.
- Elaborar el Programa de Desarrollo Territorial.
- Realizar la validación metodológica con la Secretaria Técnica de Planificación “Planifica Ecuador”.
- Determinar, asignar y ejecutar los recursos para estos proyectos.
- Transferir los recursos al Fondo Común para la Secretaría Técnica de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, en el caso de que las centrales se encuentren dentro de la misma.
- Suscribir convenios, de ser el caso, con los GADs a fin de ejecutar estos proyectos.
- Mantener vigente el permiso ambiental donde se definen las áreas de influencia.
- Remitir el informe anual de avance y ejecución de los proyectos al Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, así como a la ARCERNNR.
Esta Regulación regirá para las empresas eléctricas de generación y autogeneración de energía, públicas, privadas, de economía mixta y de economía popular y solidaria. La disposición se enmarca en el artículo 56 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica (LOSPEE), el cual contempla que estas empresas deberán destinar un porcentaje del superávit o de las utilidades para el desarrollo de estos proyectos.
Otros aspectos relevantes de esta regulación son: los plazos para la determinación, asignación y ejecución de los proyectos; la metodología para la asignación de recursos cuando una empresa cuente con más de una central de generación; las acciones de control que ejercerá la ARC y el ámbito de régimen sancionatorio.
Conoce el texto completo de la regulación aquí: https://bit.ly/3jjGBYs