Agustín Siboldi, quien también es miembro de la Comisión Directiva de CADER, dialogó con Energía Estratégica y aportó su mirada en materia legal sobre la Resolución 742/2021 que involucra y modifica algunas cuestiones del Programa RenovAr. 

En principio, catalogó como “insuficiente” la resolución dictada por la Secretaría de Energía de la Nación que fue publicada el pasado 30 de junio en el Boletín Oficial. 

Su principal reparo pasa por la “ausencia de una salida constructiva para los proyectos que no lograron alcanzar el Cierre Financiero, respecto de los cuales la falta de definiciones hace que acumulen a diario mayores incumplimientos y penalidades, que reducen las chances de financiación, por el notable incremento de costos que ello conlleva.”

Con relación al universo de proyectos que obtuvieron Habilitación Comercial a la fecha de la resolución, remarcó que “la principal observación pasa por el hecho que la reducción de las multas sólo se dá respecto de proyectos con retrasos mayores a 180 días, mientras los que reconocen demoras menores a 180 días no reciben ningún beneficio, a pesar de haber sorteado con mayor éxito los desafíos de la pandemia así como las crecientes restricciones cambiarias y financieras que desafiaron la ejecución de los proyectos.”

Por otra parte, en referencia al universo de proyectos que no han alcanzado Habilitación Comercial a la fecha de la resolución, sostuvo que “la exigencia de reemplazo de la Garantía de Cumplimiento del Contrato de Abastecimiento por una fianza bancaria irrevocable, no parece una opción real para quienes cumplían con tal garantía a través de una póliza de caución emitida por una compañía de seguros, toda vez que la naturaleza bancaria de la garantía requerida exige un respaldo integral y líquido de las sumas garantizadas, exigencia que sólo unos pocos pueden cubrir”. 

“Ello implica que quienes no puedan avanzar en tal reemplazo de las garantías, sólo tendrían como opción perseverar en sus planteos de fuerza mayor como eximente de responsabilidad”, agregó.

En tanto manifestó que “la revisión de las penalidades exige un análisis más profundo de su razonabilidad, sea en el contexto de la crisis macroeconómica como de la pandemia, tanto para tiempos en los que ambas circunstancias se vean superadas”. 

“Todo sugiere que las penalidades originariamente previstas no tomaron adecuadamente en consideración los desafíos que el sector debía enfrentar en el país”, amplió.

También es preciso mencionar que desde la publicación de la normativa a la fecha se ha debatido que no se contempla la rescisión de los contratos y así liberar capacidad de transporte. Y según pudo averiguar Energía Estratégica, por el momento no se prevé otra resolución que sí lo abarque. 

Este hecho no fue ajeno para el abogado especialista ya que afirmó que “el gran problema es que sigue sin resolverse la situación de los proyectos que no han logrado tener cierre financiero, por tanto, no están en condiciones de construirse y tienen multas millonarias”. 

Mientras que para aquellos proyectos que vieron sus progresos retrasados por la fuerza mayor derivada de la pandemia, cuyos efectos no terminan de disiparse, Agustín Siboldi mencionó que “estos eventos no se solucionan genéricamente otorgando prórrogas uniformes”. 

“¿Por qué? Cada proyecto sufre distintas consecuencias, y el efecto del evento debe ser determinado caso por caso, más allá de contar con una norma que brinde el marco conceptual para que ello se haga en forma ordenada, buscando brindar certidumbre y seguridad jurídica”.

Respecto del MATER (Res. SE 551/21), señaló que “lo resuelto se adecua mejor al objetivo de trazar una política de largo plazo, pero objeta ciertos aspectos que podrían mejorarse a partir de un diálogo más abierto con los actores sectoriales”. 

“Con esto me refiero por ejemplo a la aplicación retroactiva del cargo de mantenimiento de la prioridad de despacho, que implica la duplicación de los costos, dado que se superpone con la exigencia de otro tipo de garantías previstas bajo el régimen que se modifica”.