La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) publicó dos resoluciones a consulta pública: la CREG 129 (ver) y la CREG 130 (ver); ambas estarán sujetas a comentarios hasta el próximo 27 de septiembre.

Para conocer el alcance de las medidas, Energía Estratégica entrevistó a Hemberth Suárez Lozano, Abogado y socio fundador de OGE Legal Services.

¿A qué apunta la Subasta de Reconfiguración de Venta para el período 2022-2023 que habilitaría la Resolución CREG 129?

Son tres cosas en una.

La primera, es que en términos prácticos es un salvavidas para que las plantas de generación de energía en construcción con Obligaciones de Energía en Firme se descarguen de esas obligaciones; es una ayuda que recibirán aquellos proyectos en construcción que vaticinen que no van conectarse en tiempo.

La segunda, en términos de oportunidades, es un tren al que deberían subirse los inversionistas o desarrolladores de proyectos porque les permite acceder a un ingreso. Además, es una oportunidad para adquirir proyectos porque hoy se les desplaza el escenario de un riesgo de incumplimiento.

La tercera, es que regulatoriamente la subasta de reconfiguración de venta tiene como propósito ajustar posibles excesos de cobertura con Obligaciones de Energía Firme, que se puedan presentar en el mercado como consecuencia de cambios en las proyecciones de demanda de energía.

¿Quiénes pueden participar de la convocatoria?

El borrador publicado en la Resolución CREG 129 de 2021, señala que las Plantas o Unidades de generación que tienen asignaciones de Obligaciones de Energía Firme (OEF) para el período 2022-2023.

En este punto hay dos cosas a tener en cuenta: que la participación es para todo tipo de planta y, la otra cosa, es que conviene conocer previamente qué implicaciones regulatorias tiene participar en este tipo de subasta frente a la participación en una posible y futura subasta del Cargo por Confiabilidad.

¿Cuáles son los aspectos más importantes de esta medida para el sistema eléctrico?

Como lo mencioné, es un salvavidas para los proyectos en construcción y en ese sentido se garantiza que la demanda no quede desatendida para el periodo que se convoca.

Por otra parte, algunas voces señalan que en el largo plazo este salvavidas “marchita” el interés para que agentes participen en subastas del Cargo por Confiabilidad con plantas nuevas porque el sistema contará con suficientes OEF para cubrir la demanda.

¿Favorece a los proyectos de energías renovables no convencionales?

Desde luego, sobre todo porque algunos proyectos eólicos o solares que están en construcción y que participaron en la subasta de febrero de 2019 no van a conectarse en tiempo al SIN.

La Resolución CREG 129 y se relaciona con la Resolución CREG 130…

Sí y mucho.

Están relacionadas porque la CREG 129 convoca para que interesados en reciban unas OEF se presenten a la subasta. Y la CREG 130 habilita para que las plantas en construcción entreguen OEF a través de esas convocatorias.

¿Cuál es la novedad de la CREG 130?

La novedad es el tipo de plantas que podrán ceder OEF. La regulación ya permite que las plantas en construcción reciban OEF, ahora, con la CREG 130 se permitirá que las plantas en construcción entreguen sus OEF.

¿Y qué observaciones tendría usted respecto de la CREG 130?

Hay que revisar la naturaleza de los anillos de seguridad y el fin de los mismos. Especialmente hay que repasar para qué tipo de plantas se diseñaron los anillos de seguridad. Quiero decir, ¿los anillos de seguridad se diseñaron para plantas en operación o para plantas en construcción?

¿Qué pasará con las garantías ejecutadas para los proyectos que solicitaron apoyarse en los anillos de seguridad y les dijeron que no porque la principal obligación de una planta es la puesta en operación? Porque eso es lo que indica la resolución madre del Cargo por Confiabilidad, la CREG 071 de 2006, que la principal condición para acceder a los anillos es que la planta esté en operación.