El presidente de la República, Gustavo Petro, expidió ayer el Decreto 1276 del 31 de julio de 2023 (DESCARGAR), en el que anuncia medidas de declaración en Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de La Guajira y fija una serie de medidas

Entre sus alcances, se implementarán medidas de sostenibilidad económica para la subsistencia de la población. Se da prioridad a los proyectos de energías verdes en este departamento para la asignación de cargo por confiabilidad, y se otorgan beneficios tributarios a esquemas de almacenamiento, baterías, estabilidad de la red y servicios complementarios.

También determina que los contratos de suministro de energía media anual de largo plazo, otorgados en las subastas de los años 2019 y 2021, y los cuales dependían de la entrada en operación de los Proyectos de Fuentes no Convencionales de Energía Renovable que se ejecutan en la Guajira, se modifiquen en el sentido de suspender temporalmente la obligación hasta que entre en operación el proyecto de generación objeto del contrato y como plazo máximo julio de 2025.

Así mismo, hasta 2026, se apropian recursos y se prestará garantía nación para que Gecelca S.A. E.S., empresa pública, inicie la transformación de las termoeléctricas de carbón Guajira 1 y Guajira 2 a energías renovables no convencionales. “Le señala su transformación a un modelo de generación de cero emisiones netas de C02”, explica a Energía Estratégica, Hemberth Suárez Lozano, socio fundador de OGE Legal Services.

Entre los principales ejes, el especialista agrega que este decreto crea medidas para ampliar el acceso al servicio de energía eléctrica en el Departamento de La Guajira.

También, agrega el especialista, se impulsa la figura de las comunidades energéticas porque destina recursos para que a través de ellas se ejecuten soluciones energéticas en el departamento de La Guajira. “Lo anterior significa que las empresas proveedoras de bienes y servicios como son paneles solares fotovoltaicos presentarán un incremento en su demanda”, remarca.

Además, señala que ECOPETROL S.A. podrá desarrollar y ejecutar proyectos de generación de Fuentes no Convencionales de Energía Renovable (FNCER) en el departamento de La Guajira, por sí mismo o mediante terceros.

Esta es una señal contundente contra la generación contaminante, se puede advertir como una medida aniquiladora de la generación a partir del carbón en Colombia”, resume Suárez Lozano.

Consultado sobre de qué manera repercute esta medida sobre en los proyectos de energías renovables, el abogado señala que “incide de forma contundentemente favorable para la generación de energía con Fuentes No Convencionales de Energía Renovable, por lo siguiente:

Primero: En la subasta del cargo por confiabilidad adjudicará Obligaciones de Energía en Firme al precio de cierre de la subasta. Lo cual garantizará la sostenibilidad financiera del proyecto renovable. Recordemos que en el 2019 el precio de adjudicación de la subasta del cargo por confiabilidad fue de 15.1 Dólares (USD) por megavatio-hora (MWh).

Segundo: Hasta el 22 de julio de 2025 se suspendió la obligación de suministro de energía respecto de los contratos de la última Subasta del Contrato de Largo Plazo. Recordemos que esta es la subasta que es exclusiva para las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable”.

¿Era una medida esperada por el sector?

Ante esta consulta, Suárez Lozano responde afirmativamente y recuerda: “el Gobierno había anunciado gran parte de estas medidas en el borrador que publicó de reglamentación de algunos artículos de la Ley del Plan Nacional del Desarrollo”.

Otras medidas

Además, el Decreto 1276 autoriza y ordena a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) para crear un régimen tarifario especial y diferencial de carácter transitorio para el departamento, que asegurará la prestación eficiente y sostenible del servicio público domiciliario, enfocado en la atención de áreas vulnerables del departamento.

Asi mismo, para tener recursos y asegurar mayor energización en las zonas no interconectadas del área rural de la Guajira, desde el mes siguiente a la expedición del decreto 1276 de julio 31 2023 y hasta por un término de seis (6) meses, se incluirá en las facturas de servicio público de energía eléctrica a escala nacional de los estratos 4, 5 y 6 un “Aporte Departamento de la Guajira”, de mil pesos ($1.000) por factura.

En los estratos comerciales e industriales, este aporte será de cinco mil pesos ($5.000) por factura, contribución que equivale a menos del 0,8% del promedio que pagan estos usuarios mensualmente. Los recursos recaudados serán administrados por el Ministerio de Minas y Energía.

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