El gobierno nacional estableció que los concesionarios de explotación del área off shore CAN_100, cuyo permiso de exploración fuera otorgado por la Resolución 196/2019 de la ex-Secretaría de ENERGÍA del ex-Ministerio de Hacienda, abonarán regalías del 6 % durante los primeros diez años de la concesión, del 9 % durante los siguientes diez años, y del 12 % durante los últimos diez años de la concesión de explotación.

Así lo dispuso a través del decreto 900/2021 publicado en el Boletín Oficial, resolviendo una solicitud que formularon a la Secretaría de Energía los permisionarios del área CAN-100, que son YPF, Equinor Argentina y Shell Argentina.

Dicha solicitud pidieron se considerara una reducción de la alícuota de regalías hidrocarburíferas de hasta el 5 % en los términos del artículo 59, el artículo 27 ter de la Ley 17.319, con incrementos progresivos de la alícuota siguiendo el sistema de Factor-R previsto en el Pliego de Bases y Condiciones aprobado por la Resolución SGE 65/18.

En los considerandos del decreto se indica que “los fundamentos del pedido radican en que la ubicación geográfica del área CAN-100 es lindera a los bloques que formaron parte del Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1, convocado mediante la Resolución 65/18 de la ex-Secretaría de Gobierno de Energía, y existe en consecuencia una continuidad geográfica con similitudes geológicas y una vinculación técnico-económica entre el área CAN-100 y las demás áreas otorgadas en el marco del citado concurso, siendo sus características geológicas, riesgo exploratorio, entre otros, similares.

Al respecto se señala que “por el artículo 59 de la Ley 17.319 se prevé la posibilidad de reducir las regalías hidrocarburíferas hasta el 5 % teniendo en cuenta la productividad, condiciones y ubicación de los pozos y, más específicamente, por el artículo 27 ter de la Ley 27.007, que prevé para los proyectos Costa Afuera que por su productividad, ubicación y demás características técnicas y económicas desfavorables lo ameriten, ser pasibles de una reducción de regalías de hasta el 50% (Cincuenta por ciento) por parte de la Autoridad de Aplicación que corresponda”.

El decreto 900/2021 considera entonces que “si bien no corresponde aplicar analógicamente la fórmula establecida para la Ronda 1 del Concurso Público Internacional Costa Afuera, atento encontrarse ya dispuesto en el título del permiso el modo de liquidar y pagar las regalías hidrocarburíferas, dado la envergadura de las inversiones comprometidas resulta criterioso conceder la reducción de las regalías” en los términos antes datallados.