Por medio del Decreto Ejecutivo Nº 43095-MINAE-H publicado hoy en el Diario Oficial La Gaceta, el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), actualizó la lista de bienes exorables que estaba establecida en el Decreto Ejecutivo Nº 41121 del 22 de marzo del 2019.
Esta actualización se realiza basado en el conocimiento, modernización de la tecnología y avances científicos en el uso eficiente de le energía, dónde se consideran por primera vez los equipos para la producción de hidrógeno verde como un adelanto y aporte al desarrollo de esta tecnología en el país. Los nuevos equipos incluidos contribuyen no sólo al ahorro, uso racional y eficiente de la energía, sino que se ajusta a los objetivos del Plan de Descarbonización, por medio de la promoción y desarrollo de fuentes de energía renovables, en aras de reducir la dependencia del país de los combustibles fósiles. Esta actualización se realiza conforme al artículo 38 de la Ley de Regulación del Uso Racional de la Energía, Ley Nº 7447 del 03 de noviembre de 1994.
El Viceministro de Energía, Rolando Castro Córdoba, manifestó que “con esta nueva lista de bienes se busca desde el Poder Ejecutivo dar un impulso a la producción de hidrógeno verde en el país, de forma tal que podamos aprovechar las ventajas y las condiciones óptimas que el país tiene de contar con una matriz eléctrica renovable casi al 100 % y abundantes recursos hídricos para estos propósitos, para así continuar creando una economía verde y empleos de mayor calidad. Además, se busca promover el almacenamiento de la energía eléctrica, que impulse la eficiencia, la administración eficiente de la demanda y la descarbonización de la economía.”.
Costa Rica ha dado grandes pasos para avanzar en la integración de energías renovables variables, sin embargo la utilización de la sistemas eléctricos sin conexión a la red de servicio público requiere de sistemas de almacenamiento de energía para equilibrar en todo momento la generación y el consumo, por lo tanto, el MINAE ha incluido en esta actualización los sistemas de almacenamiento como las baterías químicas, que permitiría desacoplar la generación del uso inmediato de la electricidad para almacenar y tener disponibilidad energética cuando se requiere.
Los equipos que ingresan al país, para optar por el beneficio de la exoneración también deben demostrar su calidad y eficiencia bajo el Sistema Nacional de la Calidad, de forma tal que el esfuerzo que como país hacemos al exonerar estos equipos, esté respaldado bajo el cumplimiento de normas nacionales e internacionales.
Consulte el decreto aquí: https://www.imprentanacional.go.cr/Gaceta/?date=11/11/2021