El proyecto de Ley de Armonización del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) anunciado por el presidente Rodrigo Chaves la semana pasada (ver), ha generado muchas expectativas en el mercado de las energías renovables en Costa Rica.
El documento que se hizo público tras ingresar a la Asamblea Legislativa bajo el Expediente N°23.414 persigue, entre otros objetivos, lograr un sistema eléctrico inteligente, flexible y al más bajo costo.
Contemplando la incorporación de nuevos activos de generación y transmisión al SEN es que allí se advierte como “urgente adaptar la etapa de comercialización del servicio eléctrico, tanto para la prestación del servicio regulado como para las actividades no reguladas ”.
Tal es así que el artículo primero propone impulsar el “desarrollo de nuevos esquemas de negocios entre agentes para la prestación del servicio público de electricidad”.
En lo que respecta a los excedentes de energía eléctrica que pudieran darse una vez que ya se hayan cubierto las necesidades de consumo de la demanda nacional y atendidos los contratos entre agentes habilitados, el documento bajo análisis legislativo propone que estos se pongan a disposición del Poder Ejecutivo, por medio del Ministro Rector, (con la asesoría técnica del Ente Operador del Mercado) y la ARESEP para ser comercializados en el Mercado Eléctrico Nacional.
En el artículo 20, vuelve a ratificarse aquello indicando que una vez satisfecha la demanda nacional y el cumplimiento del despacho efectuado por el EOS, los agentes habilitados y autorizados por los entes regionales, pueden trasegar y vender libremente. Un detalle no menor en este inciso es que se aclara que la venta se podrá realizar tanto en el Mercado Energético Regional como en el Mercado Eléctrico Nacional, asumiendo los costos que para cada caso fijen el regulador nacional y las autoridades regionales.
Ahora bien, también se aclara que el Operador del Mercado deberá gestionar las transacciones de energía en el Sistema Eléctrico Nacional y en el Mercado Eléctrico Regional. Sobre este punto serán cruciales las aplicaciones que se utilicen para aquella gestión de las ofertas de compraventa de electricidad en el mercado mayorista y reglamentación complementaria que pudiera emitirse en torno a aquellas transacciones.
Para brindar más precisiones al respecto, Core Regulatorio, firma consultora costarricense especializada en Regulación de Servicios Públicos, se encuentra socializando aquel texto presentado por el Gobierno de la República.
En comunicación con Energía Estratégica, William Villalobos, abogado experto en Derecho Energético, CEO y socio fundador de aquella firma, puntualizó que, entre otros aspectos, una eventual aprobación del proyecto de Ley “Armonización del Sistema Eléctrico Nacional” establecerá principalmente nuevos Principios Rectores para el SEN, y dispondrá:
Crear la figura de un Mercado de Ocasión Nacional (MON)
Incorporar la figura del Administrador del Mercado Mayorista (AMM)
Asignar la planificación energética al Ente Operador del Sistema (EOS)
Trasladar el EOS (hoy CENCE) al MINAE bajo la figura de desconcentración mínima, siendo el Ministro Rector quien nombrará al Director del EOS por plazo de 6 años.
Asignar al MINAE las funciones de administrador del SEN y de Operador del MEN son establecidas por el Poder Ejecutivo.
Habilitar a todos los participantes del Mercado Eléctrico Nacional (MEN) a comercializar los excedentes de energía en el MEN y MER.
Asegurar el libre acceso a las redes de transmisión y distribución del SEN.
Asignar nuevas funciones a la ARESEP
Habilitar a todas las empresas eléctricas como agentes del MER.
Autorizar a los agentes habilitados del MEN a comprar la energía producida entre sí y por las empresas privadas de generación de electricidad en el marco de la Ley 7200.