En el siguiente articulo presentamos los posibles costos eléctricos a afrontar por la industria de acuerdo a el esquema regulatorio vigente y las características propias de su demanda.
En este análisis se omiten los costos asociados a la distribución de energía y el análisis se central se centra en la generación de energía.
Para simplificar el análisis partimos de tres tipos de clientes industriales, los cuales detallamos a continuación:
1- GUMA (Gran Usuario Mayor): Potencia > 1MW, Energía > 4380 MWh anuales. Este usuarios debe contratar como mínimo el 50% de su demanda con un generador de energía.
2- GUME (Gran Usuario Menor): 30kW < Potencia < 2 MW. Este usuario es obligado a contratar el 100% de su demanda con un generador.
3- GUDI (Gran usuario distribuidor): Compran su energía directamente distribuidor y no tienen relación con los generadores de energía salvo excepciones que detallaremos luego.
Por cuestiones regulatorias provenientes de la Resolución 1281/06, estos usuarios pueden ser penalizados si consumen por encima de su demanda del 2005. Esta resolución aplica multas sobre el consumo excedente (consumo por encima del ano 2005) de 320$/MWh GUMAS/GUMES y 455 $/MWh para los GUDIS ademas de los costos asociados a la energía y los cargos asociados. Su demanda por debajo de este valor no tiene multa y es considerado demanda base, el cual difiere en precio para las tres categorías.
Por otra parte, muchos usuarios buscan evitar la multa de energía contratando Energía Plus en el Mercado a Termino con un generador habilitado para proveer este tipo de servicio. Las condiciones actuales de oferta y demanda han llevado a que los usuarios deban pagar entre 75 US$/MWh y 82 US$/MWh por la energía plus. Este servicio ademas de ser menos oneroso que la multa cuenta con garantía de suministro en caso de restricciones en el sistema.
Entonces, contamos con tres tipos de usuario, de las cuales existes dos tipos de consumo, base y excedente. La energía base es levemente diferentes en términos de costos para los usuarios GUMAS/GUMES, pero es mucho menor (por el subsidio al precio estaciona) para el caso de los GUIDS. En el caso de la energía excedente, se abren 2 posibilidades, pagar multa o contratar plus. Por lo tanto tenemos tres clientes, con dos tipos de energías, donde estas tienen un precio diferente para su demanda base y un precio asociado a su demanda plus según tenga o no contrato.
A continuación mostramos los costos de la energía para las posibilidades mencionadas.
Algunas conclusiones del gráfico observado.
Los costos de los GUMAS / GUMES son similares, y estos usuarios afrontan la mayoría de los costos de operación del sistema interconectado nacional alcanzado valores próximos a 300$/MWh.
Para el caso de los Gudis (que no les han quitado el subsidio) el costo de la energía se ubica muy por debajo del costo de operación del sistema y en caso de perder el subsidio sus costos se triplicarían pasando de 88$/MWh a 290$/MWh.
En el caso de las demandas superiores al consumo 2005, la alternativa mas viable son los contratos de energía plus que en todos los casos se ubican debajo de las multas. Aquí, vale la pena concentrarse en el segmento GUDI, donde su multa es muy superior, pero si cualquiera de estos usuarios quiere reducir el costos de su multa contratando energía plus, deberá también contratar energía base con un generador y su precio pasa de 88$/MWh a 300$/MWh perdiendo el subsidio por su demanda inferior al año 2005, llevando a reducir los costos de la multa mediante la contratación de energía pero afronta mayores costos en su demanda base. Los GUDIS que cambian de esquema son solo aquellos que su demanda excedente se ubica en el 50% de su demanda total.
Autor: Ing. Diego Rebissoni