La Comisión Reguladora de Energía (CRE) presentó un proyecto de acuerdo que plantea los nuevos los términos para exponer la información relativa al objeto social, capacidad legal, técnica y financiera, así como la descripción del proyecto, y el formato de la solicitud de los permisos de generación de energía eléctrica.

Uno de los cambios en las condiciones destacadas establecidas en el documento enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) refiere a que aquellos interesados deberán presentar un estudio de impacto en las redes previo a obtener la autorización en cuestión. 

Por lo que, de aprobarse la iniciativa bajo el expediente 65/0013/221221, modificaría la situación actual dispuesta, la cual detalla que primero se debe tener el permiso de generación. 

Además, se agregan ciertos requisitos para obtener el permiso. Y teniendo en cuenta que en reiteradas ocasiones se manifestó que existían problemas para conseguirlo, e incluso durante 2021 hubo varias negativas a proyectos renovables por parte del ente regulador, de dar continuidad a esta propuesta, se pondría más trabas en el sector energético.  

La Comisión Reguladora de Energía otra vez negó permisos de generación a empresas renovables

En resumen, los requisitos serán los siguientes (se encuentran ordenados por clasificación y relevancia): 

Generales

Resolutivo de estudio de impacto o impacto versión rápida emitido por CENACE.
Carta compromiso indicando que los solicitante y accionistas conocen las penas por declarar con falsedad; no cuentan con antecedentes de sanción administrativa; no se encuentran en inhabilitación; no son reincidentes por sanciones de la CRE; no cuentan con procedimiento ante la UIF; no se encuentran en el listado global del artículo 69 – B del CFF; saben que serán responsables conforme a los artículos 421 y 422 del CNPP.
Programa de obras detallado que incluya actividades previas, por iniciar obras, construcción, pruebas de comportamiento y entrada en operación comercial.
Estructura del capital social (diagrama corporativo).
Plan de negocios detallado que incluya tanto el monto de inversión, como la Tasa Interna de Retorno (TIR), el desglose de costos de operación y mantenimiento, flujos de capital, periodo de operación proyectado, ingresos totales proyectos, razón deuda a capital y montos de financiamiento.
Programa de financiamiento con la descripción general y esquema de financiamiento, la aportación de capital y el plan de crédito.
Cartas de intención de las empresas interesadas en construir la central.
Información sobre si contará o con un sistema de almacenamiento, más los datos de los equipos en caso afirmativo. 
Archivo  .kmz del proyecto que señale la delimitación del mismo

Si corresponde a Unidad de Central Eléctrica Móvil

Capacidad mínima y máxima
Controlabilidad
Curva de capabilidad
Diagrama P-Q/P Máx;
Diagrama V-Q/P Máx;
Límite Mínimo de Despacho
Parámetros de paro y arranque
Costos de arranque (caliente, tibio y frío)
Costos de operación y mantenimiento de acuerdo con su capacidad máxima. 

eracEn caso de abasto aislado.

Indicación de mediante qué tipo de suministrador se conseguirá los faltantes que requiera en caso de estar Interconectado al SEN. 
Descripción de los cuadros de cargas y centro de carga.
Diagrama unifilar

Requisitos sobre los socios, accionistas o personas que tienen control.

Nombre y Registro Federal de Contribuyente.
Objeto social.
Información de cláusula de exclusión de extranjeros y cláusula calvo en estatutos.
Detalle del número de acciones o partes sociales y tipos de serie dentro de la sociedad
Informar sobre los permisos otorgados por la CRE o Secretaría de Energía de cada socio / accionista.

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Cabe recordar que los interesados deberán ingresar la solicitud de permiso a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) de la CRE, con el formulario de la solicitud debidamente completado y cumpliendo con la presentación de todos los requisitos.

Sin embargo, se aclara que las solicitudes que están en trámite hasta antes de la entrada en vigor de estas disposiciones propuestas por la CRE, se atenderán conforme a la RES/182/2015.