Brasil se convirtió en el octavo país con más capacidad solar instalada del mundo y por primera vez entró a la lista de los diez países con mayor potencia fotovoltaica, con más de 27 GW operativos, de los cuales más 18 GW corresponden a generación distribuida y el restante a parques del MEM. 

La fuente solar es la segunda mayor en la matriz eléctrica del país y responsable por más de 24 mil millones de dólares en inversiones y más de 783.700 empleos acumulados desde 2012. Sumado a que también evitó la emisión de 34,5 millones de toneladas de CO2 en la generación de electricidad.

Sin embargo, desde el sector energético remarcaron que todavía hay desafíos por superar para aumentar aún más la implementación de la generación distribuida entre los ciudadanos. 

“La financiación es una de las grandes barreras para la GD en Brasil. Tenemos tasas muy altas, de más de 2% de interés por mes que impide o dificulta el juego financiero de la solar, que sería reemplazar el costo de la tarifa energética por el pago de la financiación durante 4 o 5 años y luego tener ahorros por el tiempo que dure el proyecto”, afirmó Diego Loureiro, CEO de Sunalizer. 

“Con el aumento de las tasas, las cuentas no cierran y las personas dudan si realizan (o no) las inversiones. Y la mayoría de los habitantes, no tiene una cultura económica, entonces no logran ver que, aún con tasas superiores al 2% de interés por mes, resulta una buena inversión”, agregó. 

Asimismo, planteó que desde las entidades financieras existen “carencias” para evaluar correctamente los proyectos de generación distribuida, a pesar que hoy en día hay más de 1.730.000 sistemas conectados a la red, de los cuales el 78,9% corresponde al sector residencial. 

A lo que se debe agregar dificultades para entender y explicarles a los clientes la nueva normativa de ley de micro y mini generación distribuida (Ley N°  N° 14300/2022), reglamentada en los primeros días de febrero del corriente año. 

En dicha reglamentación quedó establecido que para las unidades consumidoras del Grupo B, el cobro será exigible sólo después de la instalación del medidor con la funcionalidad de cálculo de demanda de generación, a criterio de la distribuidora. Mientras que para las unidades del Grupo A, cuyo medidor ya incluye el cálculo de la demanda de generación, el cargo por la inyección deberá efectuarse en estas unidades a partir del período de vigencia de la norma.

Además, ANEEL marcó las fechas límites de trabajo para las instalaciones de generación distribuida, entre las que se decidió los siguientes plazos: 

120 días para micro generadores distribuidos, independientemente de la fuente.
12 meses para mini generadores de fuente solar o 30 meses para mini generadores de otras fuentes. 

“Aunque esté muy bien ordenada la regulación, hay muchos huecos que no están bien aclarados, principalmente del lado de los pagos por transmisión,  y de hecho, resulta es muy difícil para explicar al cliente, dadas las tarifas de transmisión y pago a las distribuidoras por cargos de la red, entre otros puntos”, sostuvo  Diego Loureiro. 

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