A través de la Resolución 708/2024, publicada en el Boletín Oficial, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) dejó sin efecto toda autorización otorgada a favor de la inclusión en las facturas
emitidas por las empresas EDENOR S.A y EDESUR S.A, de conceptos ajenos al servicio que estas distribuidoras brindan en sus áreas de concesión, en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

La medida, se comunicó, “es consecuente con la Resolución 267/2024 que la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía publicó el 11 de septiembre en el Boletín Oficial, y que establece que los proveedores de bienes y servicios deberán facturar exclusivamente los ítems relativos a la prestación ofrecida”.

“Aquéllos que liquiden otros cargos (por caso a solicitud de los gobiernos municipales) serán sancionados según prevé la Ley de Defensa del Consumidor”, advirtió el Organismo.

En este punto, “cabe recordar que es de carácter federal el servicio de distribución de energía eléctrica concesionado a EDENOR y EDESUR, y por lo tanto compete al ENRE
determinar los conceptos que deben figurar en las facturas correspondientes”, señaló el organismo a cargo de Darío Arrué.