El Poder Ejecutivo de Argentina finalmente elevó al Congreso de la Nación su proyecto de ley en el que establece el Régimen de Promoción por 30 años para el Hidrógeno “de bajas emisiones de carbono y otros gases de efecto invernadero”, es decir que será tanto para el H2 producido por renovables, gas natural y energía nuclear.
La iniciativa llegó al Legislativo con la firma de Alberto Fernández (presidente de la Nación) y Sergio Massa (ministro de Economía), a poco más de diez días después desde que la titular de la cartera energética nacional, Flavia Royon, confirmara que el proyecto estaba listo para presentar y despejara diversas dudas con respecto al mismo.
Este nuevo normativo actualizará la anterior ley N° 26123 (promulgada en 2006 y vencido su plazo de ejecución en 2021) y sus beneficios impositivos y de acceso a dólares alcanzarán a las nuevas inversiones en bienes de capital e infraestructura que conforman una planta de generación de H2, desde parques de generación renovables, las plantas de reformado de gas natural y las centrales nucleares; en tanto éstas tengan tengan por objetivo destinar la energía a producción de hidrógeno o de vectores del H2.
Y de igual manera, los electrolizadores (alimentadas con energía renovable o nuclear), la infraestructura de captura y almacenamiento de gases de efecto invernadero, las desalinizadoras de agua, licuefacción, gasificación y terminales portuarias, y las obras de almacenamiento de energía y transmisión eléctrica correspondientes al abastecimiento de plantas de electrólisis y/o a la interconexión entre las plantas de generación renovable, destinadas a la producción de hidrógeno, también podrán optar por tales beneficios.
“Debe subrayarse que un marco legal específico para el desarrollo del hidrógeno verde en escala comercial, podría ser uno de los factores decisivos y driver no solamente para garantías sino para potencial financiamiento del Banco de Desarrollo de Alemania – KFW, del mismo modo que el mismo jugó un rol sustantivo en el financiamiento de los proyectos eólicos encarados en el marco de la 2da. Ronda del Plan Renovar”, expresó Fernando Brun, embajador argentino en Alemania, a través de sus redes sociales.
“Adicionalmente, habilitaría a trabajar en el marco de nuevos instrumentos financieros que se desarrollen a partir de la Iniciativa de Descarbonización Industrial – Klima Club o de la iniciativa Especial de Energías Renovables. En consecuencia, estamos hablando de un marco legal que tendrá un rol disparador fundamental para el desarrollo de un sector innovador en el esquema energético global en el transcurso de la próxima década”, agregó.
¿Cuáles son los beneficios? Tal como adelantó Energía Estratégica (ver nota), la propuesta del Ejecutivo destaca la devolución anticipada del IVA, amortización acelerada del impuesto de las ganancias, compensación de quebranto de ganancias, deducción de la carga financiera del pasivo de cada una de las iniciativas y la exención de impuestos sobre la distribución de dividendos y utilidades.
Por ejemplo, y según se detalla, los derechos de exportación aplicables al hidrógeno de bajas emisiones y sus vectores asociados no pueden exceder alícuotas porcentuales máximas, medidas en términos del valor FOB por tonelada, de acuerdo al año que corresponda.
Para exportaciones realizadas desde la entrada en vigor de la ley hasta el décimo año (inclusive), el valor será de 0%, cuando se trate de H2 verde o rosa y/o sus vectores asociados y de 1,5 % para el hidrógeno azul hasta alcanzar del 3% al 4,5% (respectivamente) del vigésimo al trigésimo año de la normativa.
Mientras que los titulares de centrales productoras también tendrán facilidades al acceder al mercado libre de cambios, precisamente hasta el 50% de las divisas obtenidas en las exportaciones para poder ser destinadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales y/o financieros con el exterior.
Mejorar la industria nacional
Cabe mencionar que la ley pondrá foco en la producción local y el desarrollo de fabricantes y proveedores de componentes para dicho sector, ya que se requerirá una integración mínima de contenido nacional que aumentará de forma paulatina entre 35% (a partir de la entrada en vigor de la ley), 45% (a partir del sexto año) y 50% (desde el undécimo año), con el objetivo de consolidar una matriz productiva nacional que genere empleo de calidad en el sector.
Aunque para esos porcentajes mínimos no deberá computarse el valor correspondiente a las obras civiles o de infraestructura ni a la mano de obra. Asimismo, también deberán netearse los importes correspondientes al Impuesto al Valor Agregado, los gastos financieros, descuentos y bonificaciones.
Además, la ley incluirá la creación de instituciones encargadas de certificar el origen y las características del proceso de producción del hidrógeno, así como de establecer estándares de seguridad para la producción, transporte y almacenamiento, en línea con los estándares internacionales.
Una de ellas será la Agencia Nacional del Hidrógeno (AgenHidro), bajo la órbita del Ministerio de Economía, que deberá elaborar un Plan Nacional de la Economía del Hidrógeno para la Transición Energética, el cual deberá dar cuenta de la estrategia nacional para su despliegue e implementación.
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