Por Santiago Magrone
El proyecto de la llamada “Ley de Promoción de Inversiones Hidrocarburíferas” será enviado esta semana al Congreso Nacional, indicaron fuentes de la Secretaría de Energía.
El texto es el resultado de varios meses de trabajo de funcionarios del área energética y económica, con aportes importantes de YPF, de los gobernadores de las provincias productoras nucleadas en la Ofephi, de principales productoras y también de los gremios del sector, fue girado a Presidencia para su evaluación.
La iniciativa, se describió, “establece un régimen de promoción de Inversiones para los próximos 20 años generando un horizonte de estabilidad y reglas claras en materia tributaria federal y para los propios incentivos que la misma norma establece”.
La propuesta apunta a resolver los desafíos del sector, generando incentivos que impulsen la inversión, sin dejar de atender el frente fiscal, cuidando el abastecimiento interno e impulsando la soberanía energética. “Es una ley con perspectiva federal, con incentivos a la especificidad de cada una de las regiones del país”, se destacó.
El proyecto tiene como objetivos principales declarados :
. Fomentar el incremento de la producción para el autoabastecimiento y multiplicar las exportaciones de hidrocarburos.
. Fortalecer el ingreso de divisas y las reservas del BCRA, promoviendo e incrementando el valor agregado regional y nacional en la cadena de valor de la actividad hidrocarburífera.
.Alentar la participación de las empresas regionales y nacionales como proveedores de la actividad hidrocarburífera, aumentando la proporción de bienes y procesos tecnológicos elaborados y diseñados por trabajo argentino.
. Generar trabajo argentino a lo largo y a lo ancho del país.
La iniciativa prevé dar impulso al sector promocionando todas las actividades que directa o indirectamente están relacionadas con la industria hidrocarburífera, en especial la exploración y producción mediante técnicas de extracción convencional y no convencional.
También se promueve el transporte, compresión, separación, tratamiento, almacenaje y la industrialización de los hidrocarburos y sus derivados a través de procesos que los utilicen como materia prima, incluyendo -sin limitación- la petroquímica, la producción de fertilizantes, la separación, la licuefacción de gas natural y la refinación de combustibles
El texto del proyecto que el Poder Ejecutivo enviará al Parlamento establece un régimen general de promoción de actividades de exploración y producción de petróleo, otro relacionado con la producción de gas natural con diferentes incentivos relacionados con el compromiso de abastecimiento del mercado interno, y la determinación de exportaciones garantizadas en función del incremento de la producción.
Una cuestión clave del proyecto se refiere a la producción en las cuencas maduras y en declino, con explotación convencional distintiva, y a los proyectos que presenten pequeñas empresas o a desarrollarse en áreas marginales, para los cuales se prevén menores requisitos y mayores beneficios e incentivo.
Lo mismo está previsto para la promoción de la extracción de petróleo en pozos de baja productividad o inactivos a través de pequeñas empresas, con incentivos adicionales que buscan ponerlos en valor.
Para los proyectos de exploración y explotación convencional de petróleo se contempla un tratamiento diferencial, fundamentalmente luego de las experiencias exitosas realizadas en materia de recuperación secundaria y terciaria, .
En cuanto a los proyectos de importancia estratégica para el país, se establece un “Régimen Especial de Promoción para Proyectos de Exploración, Producción, Industrialización, Almacenaje y/o Transporte de Hidrocarburos y Derivados”, con incentivos adicionales fundamentalmente en materia de impuestos.
En el marco de estos regímenes, aquellos proyectos que incluyan un plan asociado a la sustentabilidad energética obtendrán beneficios adicionales, se indicó.
En cuanto al régimen de promoción del empleo, el trabajo y el desarrollo de proveedores regionales y nacionales de la industria hidrocarburífera, se puntualizó que para acceder a los beneficios que propone este proyecto será obligatoria la presentación de un Plan de Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales y cumplir con los principios de contratación que la norma establece.
El texto, se indicó, contempla incentivos para proyectos que mejoran las condiciones medioambientales: Beneficios adicionales a proyectos que incluyan propuestas de eficiencia en el uso de la energía y diversificación de su producción energética, e incentivos para facilitar la transición energética de fósiles líquidos a Gas Natural.
El presidente Alberto Fernández girará el proyecto al Congreso de la Nación con la expectativa de que sea analizado y tratado por el Parlamento en las próximas semanas de manera de poder aprobar su contenido en el transcurso de setiembre. En esto habrá que ver cual será la incidencia en la actividad del Parlamento de la etapa electoral que ya está transcurriendo.
Ocurre que en el arranque del último trimestre del año las empresas operadoras de la industria del petróleo y del gas diseñan y proyectan sus inversiones, y se supone que los contenidos de esta ley específica apuntan a otorgar previsibilidad al sector, con las consecuentes decisiones de inversión en el desarrollo de yacimientos, de la infraestructura de almacenaje, y de transporte de crudo y gas natural para su procesamiento y envío a los centros de consumo, exportaciones incluidas.
Habrá que aguardar al momento de su remisión al Parlamento para conocer el detalle ajustado del texto. No obstante, en las últimas semanas trascendieron algunos puntos claves de su contenido :
. Un esquema de estabilización del precio del petróleo crudo local (CRL) tomado como referencia para morigerar la incidencia de las fluctuaciones del mercado internacional (Brent) en el mercado interno.
. Un esquema de regalías para las provincias considerando el precio del CRL.
. Determinación de la producción incremental tomando como referencia una línea base de 2019 ajustada en función de las tasas de declino de cada concesión de explotación.
. Libre exportación del 50 % del volumen incremental (y 50 % al mercado interno).
. Un esquema de Derechos de Exportación progresivo, de entre 0 y 8 por ciento.
. Libre disponibilidad de divisas de exportación por el 50 % de las divisas derivadas de los volúmenes exportados.
.Exención temporaria en pesos deducible del ICL para el volumen incremental de refinados provenientes de proyectos de inversión directa en plantas de refinación, por hasta el 50 % del monto de inversión aprobado.
. Las refinadoras podrán exportar hasta 50 % del volumen incremental sin aplicación de derechos de exportación, con libre disponibilidad de divisas.
. Exención temporaria en pesos del ICL por hasta el 30 % del monto invertido en mejoras de la calidad de los combustibles.
. Sistema normativo y regulatorio para el almacenaje subterráneo de gas natural para atenuar efectos de la estacionalidad (de la demanda). Su prioridad de despacho por sobre el gas importado.
. Un régimen especial para proyectos (REP) de inversión en infraestructura relacionada con los hidrocarburos. Con compromiso de inversión mínima en un plazo determinado (sería de U$ 500 millones en 5 años).
. Estabilidad fiscal para este tipo de proyectos (REP) (sería por 15 años, ampliables por 5 años).
. Acceso al mercado de cambios libre para el proyecto REP para: bienes de capital y contratación de servicios; para la repatriación de inversiones directas y dividendos; y para el pago de obligaciones financieras del proyecto.
. Permisos de exportación en firme de GNL y de gas natural por ductos (sería por 15 años, ampliable por otros 5 años).
. Libre disponibilidad de divisas por el equivalente al 50 % de las exportaciones de productos provenientes de los proyectos REP. Exención del pago de derechos de exportación para este mismo volumen de ventas al exterior.