En el marco del proyecto de Reversión del Gasoducto Norte, el Ente Nacional Regulador ENARGAS autorizó a Energía Argentina S.A. (ENARSA) -en base a la Ley 24.076-, “a extender el sistema de transporte de gas natural e iniciar la construcción de un gasoducto desde las inmediaciones de la Planta Compresora “La Carlota” del Gasoducto Centro Oeste, hasta las inmediaciones de la Planta Compresora “Tío Pujio” sobre el Gasoducto Norte, en el marco del Programa “Transport.Ar Producción Nacional”.
También a través de la Resolución 233/2024 publicada en el Boletín Oficial, el ENARGAS autorizó a ENARSA y a Tansportadora de Gas del Norte (TGN) a “iniciar la construcción de cañería paralela al Gasoducto Norte, entre las Plantas Compresoras “Tío Pujio” y “Ferreyra”, y a ejecutar las obras necesarias en las Plantas Compresoras “La Carlota”, “Tío Pujio”, “Ferreyra”, “Dean Funes”, “Lavalle” y “Lumbreras”, a fin de revertir el flujo y la inyección del gas.
Con la firma del interventor Carlos Casares, el Ente Regulador dispuso además que ENARSA, en su carácter de propietaria del gasoducto cuya construcción se autoriza, estará sujeta a las disposiciones de la Ley 24.076 (marco regulatorio) en cuanto a las pautas para la Administración del Despacho, los Estándares de Calidad aplicables, y demás resoluciones y disposiciones del ENARGAS; sin perjuicio de las obligaciones a cargo de TGN conforme el contrato de operación y mantenimiento (del nuevo gasoducto) que suscriba con ENARSA.
Esta empresa, en su rol de prestador del servicio de transporte a través del nuevo ducto deberá asegurar y garantizar que se encuentra operando en condición segura y con adecuado mantenimiento.
Por otra parte, el Ente Regulador dispuso que TGN, en su carácter de Licenciataria de los gasoductos Norte y Centro Oeste, “y en ejercicio de su deber de policía técnica de seguridad, será responsable del control y habilitación de las obras que se aprueban, sin perjuicio de las obligaciones y responsabilidades que le corresponden en virtud del contrato de operación y mantenimiento a celebrar con ENARSA”.
El ENARGAS ordenó a ENARSA que le presente el Acuerdo Definitivo (entre esa empresa y TGN), una vez que el mismo se encuentre suscripto, y señaló que “se considerarán nulas de pleno derecho aquellas cláusulas contractuales que se contradigan con las disposiciones del Marco Regulatorio de la Industria del Gas y la normativa dictada en su consecuencia”.
En los considerandos de la resolución se puntualiza que “ENARSA y TGN, mediante nota del 26 de abril de 2024, remitieron información técnica y ambiental actualizada con el alcance definitivo del proyecto denominado “REVERSION DEL SISTEMA NORTE”.
Se trata de un proyecto diseñado y anunciado por el gobierno anterior, y que se procuraba ejecutar desde principios de este año de manera de intentar concluirlo en el ahora inminente invierno, lo que no ocurrirá.
Lo dejó con financiamiento parcial a través de un crédito del CAF. Hasta ahora se licitaron y adjudicaron las obras, y también la provisión de los caños, que ya estan llegando a los frentes de obra.
Será para llegar Noroeste del país con gas natural producido en Vaca Muerta y reemplazar los cada vez menores volúmenes de gas que Bolivia viene proveyendo a esa región, ya que han mermado sus reservas propias.
Incluso, esta contempalda la posibilidad de llegar con el gas argentino a la propia Bolivia, y a Brasil, utilizando la infraestructura de ductos que van desde Bolivia hasta San Pablo.
ENARSA y TGN informaron que dicho proyecto comprende: La construcción de 122 km de cañería de 36” desde el predio de la planta compresora La Carlota hasta el predio de la planta compresora Tío Pujio, lo que permitirá interconectar los sistemas de transporte Norte y Centro Oeste de TGN.
Además, La instalación de 62 km de loop de 30” al norte de la Planta Compresora Tío Pujio; y las adecuaciones necesarias en las plantas compresoras La Carlota, Tío Pujio, Ferreyra, Dean Funes, Lavalle y Lumbreras para la reversión de flujo del Gasoducto Norte.
En su presentación, y entre otros aspectos, ENARSA y TGN manifestaron que “el Proyecto de ‘REVERSIÓN DEL SISTEMA NORTE’ es una obra que posibilitará el transporte en sentido inverso del Sistema Norte de hasta 19 MMm3/d, permitiendo así la bidireccionalidad del flujo de gas, aportando versatilidad al sistema, garantizando el abastecimiento en la dirección en la que sea requerida y dotando al mismo de mayor confiabilidad y seguridad”.
El ENARGAS hace hincapié en que “según lo descripto, sólo el nuevo gasoducto de interconexión de 122 km configuraría una extensión del sistema licenciado de TGN, cuya construcción está a cargo de ENARSA (por expresa indicación del PODER EJECUTIVO NACIONAL y de la SECRETARÍA DE ENERGÍA), y quien a su vez contrataría un servicio de operación y mantenimiento de dicho gasoducto a TGN”.
“Por otra parte, los loops y las adecuaciones sobre las plantas compresoras configurarían una ampliación del sistema de transporte existente, que actualmente ya es operado por la Licenciataria”, añade.
“En razón de ello, si bien esta Autoridad Regulatoria entiende que el proyecto presentado comprende todas las obras indicadas anteriormente, y que este Organismo es el competente para autorizar su inicio (según lo dispuesto en la Ley 24.076), se estima pertinente hacer la distinción entre ambas”, señala el Organismo regulador.
Y agrega que ello “en atención a que se trata de obras de distinta naturaleza que podrían implicar o derivar a posteriori en un análisis diverso de las cuestiones económicas-tarifarias, de asignación de capacidad, entre otras”.
ENARSA y TGN agregaron en su presentación ante el Ente que “la obra de Reversión no representa un incremento de capacidad firme desde cuenca, sino que fue diseñada para el abastecimiento de la demanda actualmente conectada al Gasoducto Norte desde el sur, constituyendo una obra de confiabilidad para el sistema, fortaleciendo la conexión de la zona Centro Norte con Litoral y GBA, brindando un respaldo de capacidad y suministro, y ampliando las opciones de operación y las posibilidades de resolver potenciales dificultades de transporte”.
Así, mediante un swap de volúmenes con el gasoducto Centro Oeste, “permitirán transportar desde San Jerónimo hasta la zona Centro Norte 19 MMm3/d y dotarán de mayor confiabilidad y flexibilidad operativa a la capacidad de transporte existente desde Centro Norte hacia las zonas de Tucumán y Salta”.
La Resolución 233 describe que “el proyecto presentado busca satisfacer los siguientes objetivos de suministro: Asegurar el abastecimiento de los consumidores de las zonas de distribución servidas por el gasoducto Norte, así como la generación termoeléctrica necesaria para la seguridad de suministro local.
También, permitir el despacho de las usinas termoeléctricas eficientes conectadas al gasoducto, que en su mayoría carecen de combustible alternativo, y cuyo despacho es necesario para asegurar el suministro eléctrico regional.
Además, se busca “sentar las bases para una expansión que permita el crecimiento de la demanda zonal, considerando tanto el crecimiento vegetativo como el desarrollo de la minería en la región de la Puna y la potencial exportación a Brasil, Bolivia, y al norte de Chile”.