La Secretaría de Energía de Argentina finalmente lanzó una nueva resolución para los proyectos truncados del Programa RenovAr, a fin de que los mismos se comprometan a realizar nuevas inversiones renovables en los próximos años en lugar de abonar una penalización.
El ahora ex subsecretario de Energía Eléctrica, Santiago Yanotti, ya había anticipado que la cartera energética nacional preparaba una normativa para parques multados de licitaciones públicas pasadas que ya habían solicitado la rescisión de sus contratos PPA mediante la Res. SE 1260/2021 y la Res. SE 284/2023.
Y a pocos días de la salida del tucumano de la Subsecretaría de Energía Eléctrica en búsqueda de nuevos horizontes en su provincia natal (ver nota), la Sec. de Energía publicó la Resolución 883/2023.
La misma habilita a los titulares de proyectos que soliciten la compensación de las multas a que puedan concretar la instalación de nueva potencia renovable en un plazo máximo de 36 meses contados a partir de la suscripción del instrumento que formalice el acuerdo con CAMMESA.
Y durante ese lapso límite mencionado, la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA “deberá suspender el cobro de las penalidades impuestas”.
“Se podrán realizar habilitaciones comerciales parciales, de al menos 60% respecto del total de la potencia a instalar, conforme la inversión propuesta”, asegura la resolución publicada en Boletín Oficial de la Nación este mismo 1ro de noviembre.
“Los titulares de los proyectos establecerán el porcentaje de la penalidad a compensar mediante la inversión en la instalación de nueva potencia renovable. La ubicación geográfica y/o la tecnología de la instalación de nueva potencia podrá no coincidir con la del parque generador que registre la penalidad”, agrega la normativa.
Mientras que los proyectos con sanciones tendrán un plazo de 20 días hábiles para adherirse a este régimen; en tanto que aquellos que sean notificados de nuevas penalidades por parte CAMMESA, también dispondrán de 20 días hábiles, posterior a dicha notificación, para incorporarse a este programa.
Y cabe recordar que, en septiembre del año pasado, el gobierno nacional dio a conocer que 30 parques (total de 778 MW) optaron por la baja voluntaria mediante la mediante la Res. SE 1260/2021, la cual estableció multas que oscilaban entre USD 12500 y 17500 por cada megavatio de potencia contratada
En total fueron 16 centrales fotovoltaicas, 4 eólicas, 6 de biomasa y 4 de biogás, y la mayoría de dichas plantas de generación habían obtenido su contrato de abastecimiento en la Ronda 2 del RenovAr (19 – 402,29), seguido por aquellos que lo hicieron en la Ronda 1.5 (9 – 372,6 MW); sumado a un emprendimiento de la Ronda 1 (1,2 MW) y otro de la Ronda 3/MiniRen (2 MW).
Mientras que en abril del corriente año se habilitó un nuevo mecanismo de salida para los proyectos demorados de las rondas 2 y 3 de las licitaciones públicas llevadas a cabo durante el gobierno de Mauricio Macri.
Los valores que se tomarán como referencia para las nuevas inversiones serán aquellos definidos para la ronda N°3 del Programa Renovar, más conocida como MiniRen, y los mismos se detallan a continuación, diferenciando por tecnología.
TECNOLOGÍA
VALOR DE REFERENCIA PARA INVERSIONES (EN USD/MW)
Eólica
1.400.000
Solar Fotovoltaica
850.000
Biomasa
2.500.000
Biogás
4.500.000
Biogás Relleno Sanitario
1.300.000
Pequeños Aprovechamientos Hidroeléctricos (PAH)
2.800.000
“Además, los proyectos deberán acreditar factores de carga con probabilidad de excedencia no menor al 99% (P99). En caso de no acreditar el factor de carga establecido precedentemente, CAMMESA podrá reajustar, en forma proporcional, el remanente de compensación de la penalidad sujeta al desarrollo de nueva potencia de generación renovable”.
Mientras que si el proyecto no cumple con la inversión propuesta una vez transcurrido el plazo máximo de 36 meses, se aplicará un interés 10% sobre el monto remanente de la penalidad que el emprendimiento registre al realizar la solicitud durante el plazo en el que no se cobren las multas.
Remuneración de las nuevas centrales
Aquellas entidades que formen parte de esta alternativa para los proyectos truncados del Programa RenovAr deberán optar por una de las tres siguientes opciones por las que se prevé la remuneración de la energía abastecida con la nueva potencia instalada:
a) Remuneración por 60 meses del 100% de la generación de energía eléctrica mensual a USD 20 MWh.
b) Retribución por 120 meses del 20% de la generación a USD 20 MWh.
c) Período de 180 meses por el 20% de la generación a USD 20 MWh.
La Resolución SE 883/23 detalla que, de optarse por uno de los últimos dos casos, el 80% de la generación restante se podrá comercializar en el Mercado a Término de Energías Renovables (MATER), ser destinada a autoconsumo o para compensar futuras penalidades.
Además, se agrega la posibilidad de que sea comercializada en el mercado spot durante 120 o 180 meses contados a partir de su habilitación comercial total del nuevo parque. Pero en caso de que se venza dicho plazo desde la COD, el titular del proyecto podrá optar por otro mecanismo de comercialización de energía eléctrica de fuente renovable en el MEM o bien, podrá comercializar la energía eléctrica al precio spot.
La entrada Gobierno de Argentina permite cambiar multas de proyectos truncados por nuevas inversiones renovables se publicó primero en Energía Estratégica.