La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) amplió el periodo para la consulta pública CP-01-2023 destinada a la “Modificación a la Norma Técnica de Potencia Firme”.
La fecha límite se había cumplido el pasado viernes 20 de enero. Sin embargo, la CREE extendió el plazo hasta el viernes 03 de febrero 2023 a las 12:00 horas del mediodía.
Antes de esta prórroga sólo una empresa había emitido sus comentarios y ahora ya son cinco los actores del mercado en contribuir con una mirada diversa; ellos son: la empresa eléctrica estatal, el administrador del mercado mayorista, una consultora independiente, una empresa generadora renovable y una generadoras no renovables.
Entre todos ellos publicaron 34 comentarios vinculados principalmente al alcance de la modificación, los requerimientos de potencia firme, las bases para el cálculo de potencia firme y la determinación del período crítico del sistema.
En el caso de la empresa renovable, Generación De Energía Renovable S.A. De C.V. (GERSA) compartió su parecer el pasado viernes 13 de enero respecto al alcance de la modificación, la obligación de contratación de potencia firme por parte de agentes compradores, la definición de causas de indisponibilidad de capacidad y el cálculo mensual de la potencia firme disponible.
Por el lado de la empresa no renovable, Comercial Laeisz emitió comentarios sobre los Informes de Potencia Firme y de Requerimientos de Potencia Firme, las Bases para el cálculo de potencia firme del informe y, coincidentemente con su par renovable, sobre el Cálculo mensual de la potencia firme disponible.
Por su parte, la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) sumó a los títulos antes mencionados consideraciones sobre los derechos de las centrales generadoras y la definición del período de máximo requerimiento térmico.
El Operador del Sistema (ODS) fue la entidad que mayor cantidad de comentarios por artículo emitió y fue la única que agregó sugerencias para la Determinación de la potencia firme de centrales térmicas, geotérmicas y biomasa no estacional; la Determinación de información para el cálculo de la potencia firme de centrales hidroeléctricas; la Determinación de la potencia firme de hidroeléctricas con regulación diaria, semanal o mensual; y, el Suministro al Operador del Sistema de aportes de fuentes de energía primaria.
Concluyendo, un consultor independiente se refirió a la determinación del período crítico del sistema; la determinación de la potencia firme de hidroeléctricas con regulación diaria, semanal o mensual; y, al suministro al Operador del Sistema de aportes de fuentes de energía primaria.
A la fecha, sobre la “determinación de la potencia firme de centrales eólicas y solares” no se recibieron comentarios algunos. Las partes interesadas podrán realizar consideraciones finales durante esta semana y la próxima de manera online mediante el formulario de la consulta pública CP-01-2023.