Como ya había anticipado Energía Estratégica, a pocos meses de finalizar su mandato, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), envió al Congreso de la Unión como 20 medidas, entre ellas, un proyecto de reforma constitucional en materia energética.
Este nuevo proyecto de reforma se da semanas después de que la Suprema Corte concediera el amparo contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) aprobada en 2021 por violar las reglas del mercado eléctrico mayorista, priorizando a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Con esta decisión la LIE se declaró inconstitucional y vuelve a entrar en vigencia la Reforma Energética de 2013 de Peña Nieto.
En este escenario, con esta última reforma enviada al Congreso, AMLO busca desterrar esta reforma de Peña Nieto y que la CFE tenga preponderancia sobre las empresas privadas. La actitud del actual presidente causó polémica en el sector renovable y muchas instituciones se manifestaron en contra del documento.
Una de ellas fue el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) quien a través de un informe denunció: «La iniciativa de reforma en materia energética pretende plasmar en la constitución que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tendrá prevalencia sobre sus contrapartes privados en el sector eléctrico, asunto que ya ha sido abordado por propuestas anteriores y recientemente invalidado por la Suprema Corte. Por su parte, en materia de aguas se propone cancelar las concesiones para usos distintos al doméstico en zonas con baja disponibilidad».
De esta forma, en su reporte llamado ¿Reformas para la competitividad? el instituto explica en detalle los artículos constitucionales que planea modificar AMLO en materia de energía y agua y sugiere posteriormente las seis implicaciones centrales que experimentará la política energética del país de aprobarse estos cambios.
Modificaciones:
Artículo 4. Establecería que el agua para consumo humano tendrá preferencia sobre cualquier otro uso.
Artículo 25. Propone cambiar la naturaleza de las empresas productivas del Estado por la de empresas públicas, notablemente la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Artículo 27. Cancela las posibilidades de inversión privada en la transmisión y distribución eléctrica. Se agrega que las empresas privadas en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado, cuya esencia es cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del servicio público de electricidad. Se prohíbe el otorgamiento de concesiones de agua en zonas con baja disponibilidad de agua en cantidad y calidad salvo asignaciones destinadas a centros de población para garantizar el consumo personal y uso doméstico.
Artículo 28. Agrega el servicio de internet que provea el Estado al listado de áreas estratégicas, y se establece que los objetivos de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional serán preservar la seguridad y autosuficiencia energética y proveer electricidad al menor precio posible, evitando el lucro, para garantizar la seguridad nacional y soberanía a través de la empresa pública del Estado.
Seis efectos negativo que traerían los cambios:
Las reformas enviarían un mensaje de incertidumbre jurídica que no solo se limitaría a las inversiones directamente afectadas, sino que se reflejaría en toda la economía nacional como un mensaje de que el Estado mexicano no tiene un compromiso creíble con el estado de derecho.
Al desincentivar la entrada de nuevos jugadores en el mercado de generación eléctrica, se eliminan los incentivos a la eficiencia que reducen los costos eléctricos.
Favorecer a la CFE por criterios políticos tendría un impacto negativo en la transición energética al reducir y desincentivar las posibilidades de inversión privada en energías renovables.
Eliminar los mecanismos de inversión privada existentes en la transmisión y distribución eléctrica (asociaciones público-privadas o instrumentos financieros como los CKD, Cerpi o Fibra E) obligaría a la CFE a incurrir en la totalidad del gasto de capital necesario para expandir y modernizar la infraestructura de redes.
Eliminar el mandato de la CFE de crear valor económico y rentabilidad para el Estado mexicano como su propietario para transitar hacia el carácter de empresa pública sin fines de lucro permite que la empresa opere con pérdidas y cause un daño a la hacienda pública.
La redacción de las modificaciones al artículo 27 abre la puerta no solo a la prohibición de nuevas concesiones de agua para uso industrial, sino también para uso agropecuario, lo que impactaría al sector en zonas afectadas por sequías.
Por todo los expuesto, IMCO considera que el proceso legislativo debe conducirse con debates basados en datos y evidencia y con tiempo suficiente para analizar las implicaciones de cada reforma planteada.
Y concluye: «México debe aprovechar el cambio estructural que representa la relocalización de las cadenas globales de valor, así como implementar políticas que detonen mayores niveles de desarrollo y bienestar. Estas ocho propuestas van en el sentido contrario, y podrían tener implicaciones graves para el Estado de derecho en el país, el bienestar de su población, la sostenibilidad de las finanzas públicas, la provisión de insumos básicos y las relaciones comerciales que mantiene con países con los que ha firmado tratados».
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