Mediante Resolución 2584 del 30 de diciembre de 2019, la ANLA impuso sanción de multa a la sociedad HIDROITUANGO S.A. E.S.P., por haber iniciado actividades relacionadas con la construcción del Sistema Auxiliar de Desviación (SAD) y su infraestructura asociada, sin haber tramitado y obtenido previamente la modificación de la Licencia Ambiental.
El SAD es el túnel que colapsó en el año 2018 y generó la contingencia del proyecto ampliamente conocida. Dicha sanción fue recurrida en su momento y posteriormente confirmada en su integridad por la Autoridad Nacional.
Ante lo anterior, EPM S.A. E.S.P. acudió a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, con el fin que se declarase la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales se impuso y confirmó dicha multa, teniendo como resultado que el pasado 10 de abril de 2023, la Sala Quinta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia emitió sentencia de primera instancia, en la cual accedió a las pretensiones solicitadas, decretando la nulidad de las resoluciones mencionadas, con base en aspectos procedimentales de la actuación administrativa.
Dicha decisión judicial fue notificada a la ANLA y será apelada en los términos legales establecidos, ejerciendo las actuaciones judiciales pertinentes ante el Consejo de Estado para la protección del patrimonio público y de los derechos ambientales protegidos en la Constitución y la ley. Dicha Corporación resolverá la segunda instancia de este trámite judicial, para emitir una decisión definitiva.
La ANLA adelanta sus actuaciones administrativas, conforme a los procedimientos previstos en las normas especiales que los regulan, y fundamenta sus decisiones en la protección sustancial del derecho a un ambiente sano como finalidad constitucional de su misionalidad.
Avances de la mega obra
Cabe recordar que el pasado lunes 24 de abril, EPM abrió la solicitud pública de ofertas para la “Construcción de obras civiles finales para la entrada en operación comercial de las Unidades de Generación 5 a 8 del Proyecto Hidroeléctrico Ituango”.
Los que deseen adquirir el derecho a participar en el proceso deben pagar dos millones de pesos, que no son reembolsables. El pago se debe hacer en el portal Te Cuento, entre el 24 de abril y el 10 de mayo de 2023, a través de débito electrónico a cuentas de ahorro o corriente o con cargo a tarjetas de crédito.
Los requisitos de participación y las condiciones particulares se pueden consultar en el sitio web www.epm.com.co En el menú superior de la página se debe ingresar a la sección “Proveedores y contratistas”, dar clic en “Contratación” y luego seleccionar “Consultar solicitudes Te Cuento”. Allí se debe dar clic en “Solicitudes abiertas” e ingresar el código del proceso CRW256463, correspondiente a Hidroituango. Te Cuento es el portal de contratación de EPM.
La ruta de acceso: https://cu.epm.com.co/proveedoresycontratistas/contratacion/te-cuento
Las personas jurídicas, nacionales y extranjeras, que quieran adquirir el derecho a participar deben atender lo indicado en el numeral 1.4 “Etapas y plazos” de la solicitud de ofertas, de las “Condiciones Particulares”.
La Central Hidroituango está compuesta por ocho unidades de generación, con una capacidad instalada por unidad de 300 megavatios de energía para el Sistema Interconectado Nacional (SIN) y en el momento viene generando energía limpia y renovable con sus dos primeras unidades. En total serán 2.400 megavatios, correspondientes al 17% de la energía que el País para aportar a la calidad de millones de colombianos.
La entrada La ANLA apelará nulidad de sanción impuesta a Hidroituango mientras la obra avanza se publicó primero en Energía Estratégica.