Durante las últimas dos décadas algunas distribuidoras y cooperativas eléctricas, afectadas principalmente por el congelamiento de tarifas, dejaron de pagarle a Cammesa por la energía consumida, situación que derivó en deudas millonarias por parte de las empresas con la compañía administradora del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). A fines de marzo de este año, el conflicto se agudizó cuando Cammesa comenzó a enviar intimaciones a las cooperativas de electricidad para que normalicen sus pagos.

La empresa ya enfrenta varios juicios con distintas cooperativas. Uno de ellos es el que mantiene con la Cooperativa de Villa Gesell desde 2018 por falta de pago en concepto de servicios de energía suministrados por Cammesa.  En marzo, el Juzgado Federal de Dolores dio lugar a una demanda presentada por esa Cooperativa contra el Poder Ejecutivo Nacional y la Secretaría de Energía para restablecer la ecuación económica del contrato de concesión del servicio público de distribución de electricidad y se ordenó el cese de los embargos y la ejecución de deudas. Además, se estableció que esta determinación se haría efectiva a todas las demás cooperativas y distribuidoras. Es decir, se resolvió convertir el amparo individual de la Cooperativa de Villa Gesell en un proceso colectivo en el que se incluyó a otras cooperativas con el objetivo de eximirlas del pago por la energía que les brinda Cammesa. De esta forma, se agregó a la Cooperativa de Tres Arroyos, a la Cooperativa Eléctrica Mariano Moreno, a la de Puerto Madryn, a la de Azul y a la de Las Flores al proceso judicial.

Frente a este escenario, Cammesa presentó un recurso de apelación dirigido contra las resoluciones que declaraban al proceso como colectivo. La Cámara Federal de Mar del Plata decidió revocar esas resoluciones que incorporaron al juicio a cooperativas y demás entidades que no formaron parte inicialmente del expediente y que extendían los efectos hacia sujetos que no habían integrado el mencionado proceso judicial. Además, la Cámara calificó al proceso como inapropiado. Esto fue así ya que la instancia judicial comprometía la integridad financiera de la compañía encargada del despacho y consecuentemente la provisión de energía eléctrica en todo el país.

Desde la Cámara destacaron que “no resulta oportuno convertir un proceso tramitado individualmente hasta su sentencia definitiva en uno colectivo, y consecuentemente extender los efectos de las resoluciones ya establecidas hacia sujetos que no formaron parte del proceso de ninguna manera. Corresponde revocar la decisión del juez de grado”.

Impacto

¿Qué implicaba en términos reales que todas las compañías formen parte de ese proceso colectivo? Esto significaba un riesgo para el sistema eléctrico puesto que formalizaba legalmente que las cooperativas o empresas distribuidoras dejaran de pagarle a Cammesa y esto generaba que la compañía no pueda abonar el pago por la generación y transporte de energía, lo que provocaría que se rompa la cadena de pagos del sector.

En diálogo con EconoJournal, fuentes cercanas a este proceso advirtieron que: “Si esta situación continuaba el MEM completo podía caer en un desfinanciamiento total. Esto iba a derivar en un efecto dominó que provocaría la destrucción de toda la cobranza mensual de Cammesa. Si ocurría eso se iba a tener que depender al 100% de los aportes del Tesoro y todo eso se iba a traducir en inflación, porque significaría emisión monetaria”.

Tal como adelantó este medio, un informe oficial de Cammesa realizado en junio señaló que el total de energía producida en el parque local de generación, sumadas a las importaciones de electricidad provenientes de países vecinos, no alcanzaría para abastecer al pico de demanda que se registrará el verano próximo a causa de las altas temperaturas que se proyectan para los primeros meses de 2025. Frente a este panorama, las fuentes consultadas precisaron que esta maniobra por parte de las cooperativas “podría haber acelerado los cortes previstos y además le habría provocado un prejuicio al Estado por un total de $160.000 millones, que se compone de la deuda que acumula la Cooperativa de Villa Gesell junto a las demás cooperativas que fueron incluidas en el proceso, más las que preveían sumarse hasta antes de la decisión de la Cámara Federal de Mar del Plata”.

Cuestión de fondo

Si bien la Cámara logró desarticular esta maniobra por parte de las cooperativas para eximirse del pago a Cammesa, “desde que el Juzgado Federal de Dolores le había otorgado la característica de tratamiento colectivo un estudio de abogados de Dolores empezó a comunicarse con casi todas las empresas agentes del MEM para ofrecerles sus servicios e introducirlas en ese colectivo”, informaron las fuentes consultadas.

“Ese estudio fue el que introdujo el tema en el Poder Judicial de Dolores y ha tenido complicidad. Esto no sólo beneficiaba a la Cooperativa de Villa Gesell, sino que al transformarlo en un proceso colectivo se convirtió en un gran peligro para todo el sector porque las distribuidoras o cooperativas podían quedarse con el dinero que les pertenecía a las generadoras”, precisaron.

Con la resolución del Juzgado Federal de Dolores las cooperativas dejaron de pagarle a Cammesa, pero seguían cobrándole la energía a los usuarios. Y a pesar de que las acciones legales estaban dirigidas a la Secretaría de Energía, la maniobra de las cooperativas se efectivizó hasta que ahora Cammesa apeló y la Cámara de Mar del Plata dejó sin efecto el planteo colectivo. Incluso la compañía realizó presentaciones hasta en la Corte Suprema y logró que la Procuración General del Tesoro se ocupara de representar a la Secretaría.

Es por esto que la compañía que administra el MEM, a través de planes de pago y estrategias de cobranza, intentará que todas las empresas liquiden sus deudas e impedirá que se quiebre el sistema de financiamiento del mercado eléctrico a fin de garantizar el suministro.

, Loana Tejero