Hace algunos días, el Gobierno de Chile dio a conocer el borrador del reglamento que fija el procedimiento para la elaboración del Plan Nacional de Eficiencia Energética (ver en línea). Cabe recordar que el proceso está abierto a consulta pública hasta el próximo martes 9 de marzo (consultar).

En diálogo con Energía Estratégica, Ana Lía Rojas, Directora de la firma Chilena de asesoría energética EnerConnex, observa: “Es un reglamento de carácter procedimental que establece los contenidos del Plan Nacional de Eficiencia Energética”.

“Hay que rescatar avances positivos, como por ejemplo, que el reglamento se hace cargo de una visión multisectorial pues incluye a Transporte, Vivienda Residenciales, Edificaciones, Industria, y esto claramente está en línea con la visión correcta de que la eficiencia energética es una materia de carácter transversal”, agrega la especialista.

Sin embargo, señala que “hay alguna dispersión de conceptos” esgrimidas en el documento, lo que no brinda claridad sobre “cómo se fijan los objetivos de corto plazo en relación a las metas de la eficiencia energética, como se miden y quién es responsable de ellos”.

En esa línea, Rojas hace hincapié sobre “dos observaciones importantes”.

Por un lado, cómo se implementarán los objetivos de corto plazo del Plan Nacional de Eficiencia Energética.

“No existe mención expresa a la elaboración de indicadores de cumplimiento, que den cuenta de la ejecución del mismo plan. Se mencionan metas de eficiencia energética de corto, mediano y largo plazo, así como los planes, programas y acciones necesarios para alcanzar dichas metas, pero no se ha incluido que éstos deben ser medidos y cuantificados por indicadores formales”, explica.

Ana Lía Rojas, Directora de EnerConnex

Sugiere que “sería muy adecuado agregar la medición en base a factores de desempeño anuales, los que además deben tener un responsable en el cumplimiento de la meta asignada”.

Y, por otro lado, cómo se integrará el Plan de Eficiencia Energética con otras políticas, sobretodo en la materia específica y cuantitativa de emisiones GEI que también están contenidas y especificadas en la Planificación Energética de Largo Plazo (PELP) y los compromisos adoptados en la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC).

Rojas señala que tanto la PELP como la NDC tienen objetivos que impactarán la demanda energética, por lo que se requiere de esta vinculación.

“Tendrían que estar en las indicaciones del Plan Nacional de Eficiencia Energética cómo se va a vincular este cuerpo a otros elementos que son rectores de los compromisos que tenemos a nivel ambiental y del cumplimiento de reducción de emisiones”, indica la Directora de EnerConnex.

Para la especialista, la implementación de la Ley de Eficiencia Energética tendrá impactos sobre futuras inversiones en proyectos de energías renovables, sobre todo a nivel de generación distribuida y la gestión de la demanda, que es uno de los pilares fundamentales para una más rápida descarbonización y transición energética.

Por ello, Rojas hace hincapié que como parte de la elaboración del Plan, se considere que “existe un mercado de innovaciones y nuevas tecnologías que se deben conocer y promover para su incorporación”.

El punto es que – agrega – existiendo estas tecnologías a nivel de gestión de demanda en todos los sectores, el Plan debe promover su incorporación e implementación, definiendo incentivos, y no obviarlas, como sucede en otros segmentos del mercado de energía.

Rojas opina que este tipo de definiciones tienen que estar bien explicitadas en la reglamentación y Plan de Eficiencia Energética. “Si esto no está contenido en los reglamentos, se establecerán luego en normas técnicas de menor rango jurídico, y entonces, por las experiencias que hemos tenido hasta ahora, efectos con impacto en lo económico quedarán  en un orden menor a un reglamento”, advierte.