La semana pasada, las Comisiones Quintas del Senado y la Cámara de Representantes aprobaron en sesión conjunta el proyecto de Ley 365 de 2020 (ver en línea) que, entre otras cosas, introduce reformas a la Ley de Energías Renovables N° 1715 del 2014.

La semana que viene la iniciativa se trataría nuevamente en plenaria conjunta, donde legisladores de ambas cámaras debatirán si sancionarán o no el proyecto impulsado por el oficialismo.

“Esta Ley amplía un poco los beneficios tributarios sobre todo para eficiencia energética e hidrógeno; además plantea unas exigencias para el avance de la geotérmica”, precisa German Corredor, Director Ejecutivo de SER Colombia.

En diálogo con Energía Estratégica, el especialista indica además que se introducen mayores atribuciones dentro del Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (FENOGE), ampliándolo para proveer de recursos a proyectos de eficiencia energética e hidrógeno.

Según Corredor, estos puntos son importantes para que la matriz energética colombiana pueda seguir diversificándose. Además, el proyecto sostiene la creación de incentivos para las empresas de transporte urbano de pasajeros que utilicen vehículos eléctricos e introduce los sistemas de almacenamiento de energía dentro del objeto y alcance de la ley 1715 de 2014.

Sin embargo, el dirigente del gremio más importante de energías renovables del país indica que hay algunos aspectos que se debieran revisar.

En lo respectivo al hidrógeno, la Ley no sólo incentivará con beneficios al denominado ‘verde’, producido con renovables, sino también al ‘azul’, que se genera con gas natural. “Algunas voces dicen que solo tiene que incluirse el verde”, observa Corredor.

Sobre la geotérmica, señala que la nueva normativa debería establecer que el Estado sea el que invierta en factibilizar los proyectos, es decir, en la exploración sobre el recurso geotérmico. Para luego venderlos a privados.

“Esta tecnología se ha desarrollado en el mundo cuando el Estado es el que asume el riesgo de factibilidad, por lo que no se está abordando el punto principal”, opina Corredor.

IVA y renta

La Ley 1715 concede incentivos para proyectos de renovables como deducción de renta del 50%; exclusión del IVA; depreciación acelerada; y quita de aranceles para productos vinculados a fuentes de energías renovables.

Pero desde SER Colombia han solicitado que se revean principalmente dos aspectos en torno a estos beneficios. Para Corredor, el debate en el Congreso sobre el proyecto de Ley 365 podría ser una oportunidad para introducir estos cambios que hasta el momento no están contemplados en el escrito.

Se trata, por un lado, la manera en que se instrumentan los descuentos de IVA. El dirigente explica que la exclusión no aplica sobre los insumos que se utilizan para elaborar un producto final, entonces el descuento termina favoreciendo más a un producto importado que a uno producido localmente.

“Si, en cambio, el beneficio fuera sobre IVA exento, se podrían descontar todos los IVA que pagó el productor y no sería un costo el IVA en los insumos. Pero, como está la Ley, sale más costoso producir aquí que en el extranjero”, explica el director de SER Colombia.

Asimismo, están solicitando que la exención del IVA se empiece a aplicar en gastos de Operación y Mantenimiento (OyM) de proyectos renovables.

Por otra parte, Corredor cuenta que la deducción de renta del 50% es un beneficio que solo aplica para las empresa que hace tiempo vienen operando en el país. Las nuevas empresa, al no tener utilidades y, en efecto, no tener qué deducir, terminan compitiendo en desigualdad de condiciones.