A través de la Resolución ENRE Nº 522/2024, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad estableció los criterios de financiación del Programa de Medición Inteligente, a implementarse en el Área Metropolitana de Buenos Aires tras la debida evaluación de los resultados de los proyectos piloto cuyos lineamientos fueron presentados en febrero pasado.

Las prestatarias del servicio eléctrico en el AMBA –EDENOR y EDESUR– deberán asignar entera y exclusivamente los montos derivados de los Recargos por Exceso de Energía Reactiva que recaudan en el marco del Programa para la Mejora del Factor de Potencia, aprobado por la Resolución ENRE Nº 85/2024 y su modificatoria Resolución ENRE Nº 222/2024.

EDENOR y EDESUR deberán constituir un fideicomiso en una entidad bancaria donde depositar semanalmente esos montos. Ambas distribuidoras actuarán como fiduciantes y fideicomisarios.

Dicho fideicomiso podrá percibir fondos adicionales u aportes de otras fuentes, previa conformidad del Comité de Ejecución y Administración integrado por el ENRE y por otras instituciones definidas al momento de su constitución.

A través de la Resolución ENRE Nº 100/2024, la Intervención de este Ente Nacional dispuso la constitución del Comité de Estudio de Redes Inteligentes, con el propósito de analizar la introducción del Sistema de Medidores Inteligentes en las áreas de concesión de EDENOR y EDESUR. En este marco, también aprobó los lineamientos para la implementación de proyectos piloto de viabilidad y factibilidad.

Los sistemas de medición inteligente recolectan datos del consumo de los usuarios en forma remota y en tiempo real. De esta manera permiten que éstos conozcan mejor su consumo y puedan cambiarlo según criterios de eficiencia energética. Por su parte, las distribuidoras de energía eléctrica pueden optimizar la gestión de sus redes y la calidad del servicio prestado, así como la provisión de información requerida por el organismo regulador.

A través de la Resolución ENRE Nº 85/2024 y su modificatoria, Resolución ENRE Nº 222/2024, la Intervención de este Ente Nacional dispuso la creación del Programa para la Mejora del Factor de Potencia, con el fin de atender las necesidades de un sistema que se encuentra al límite de su capacidad y que se ve superado ante circunstancias de alta demanda.

La normativa establece una modificación en el límite del factor de potencia inductivo, pasando del actual valor de 0,85 (un parámetro en vigencia desde hace más de 60 años), a un nuevo valor de 0,95, en sintonía con las normativas que rigen a nivel internacional, e incluso de aplicación actual en jurisdicciones provinciales y municipales de la República Argentina.

La Resolución prevé para los usuarios de la categoría tarifaria T1 (pequeñas demandas) y T2 (medianas demandas) de EDENOR y EDESUR una mejora del factor de potencia en los puntos de consumo de edificios de propiedad horizontal o conjuntos inmobiliarios. La misma se llevará a cabo mediante la instalación de un equipo de corrección automático que mida el valor registrado a nivel de la acometida general, mejorando el factor de potencia de la demanda conjunta de todos los usuarios.

En este sentido, los registros de facturación de las distribuidoras de enero a junio de 2024 muestran que, en todas las categorías tarifarias, la cantidad de usuarios conjuntos entre EDENOR y EDESUR, cuyo coseno (fi) se encuentra por debajo de 0,85, llegan los 267.261, mientras que, con coseno (fi) entre 0,85 y 0,95, llegan a 702.478. Se trata de 969.739 usuarios en total y del 16% de los medidores operativos en las áreas de concesión de ambas distribuidoras.

La corrección del coseno (fi) de esa gran masa de usuarios contribuirá a la recuperación de capacidad en cables y transformadores; a la disminución de los cortes de servicio; a la reducción de las pérdidas de potencia y energía en las redes de distribución; a evitar menos caídas de tensión en las redes; y a prolongar la vida útil de instalaciones por menor carga y calentamiento.

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