El Negociado de Energía de Puerto Rico aprobó tres nuevos contratos relacionados a proyectos de energía solar y almacenamiento. Estos proyectos, que forman parte del segundo tramo de la Solicitud de Propuestas (RFP), consisten en una central de energía solar fotovoltaica de 20 MW, otra central solar fotovoltaica de 40 MW y un sistema de almacenamiento de energía con baterías de 60 MW (240 MWh o su equivalente).

Aún no es de público conocimiento cuáles son las empresas detrás de estos proyectos. La Resolución y Orden de este lunes 26 de agosto del 2024, identifica a los mismos dentro de los Apéndices A, B y C de la resolución, los cuales serán confidenciales hasta la ejecución de los contratos.

No obstante, el Negociado deja expresamente aclarado que cada uno de estos proyectos ha sido diseñado para integrarse de manera segura y eficiente en la red eléctrica existente, y que el proceso de evaluación incluyó un análisis detallado de los precios propuestos, asegurándose de que fueran competitivos y estuvieran alineados con los estándares de la industria.

La evaluación también consideró los estudios de interconexión presentados por la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), los cuales demostraron que la integración de la nueva capacidad de generación y almacenamiento no comprometerá la estabilidad ni la confiabilidad de la red eléctrica de Puerto Rico.

El Negociado de Energía enfatizó mediante la Resolución publicada que estos acuerdos están en plena conformidad con el Plan Integrado de Recursos (PIR) aprobado, un elemento clave para asegurar que la expansión de la capacidad de generación renovable se realice de manera ordenada y efectiva.

En este sentido, los términos y condiciones de los contratos fueron escrutados para garantizar que cumplan con los principios de la política pública energética y el PIR, asegurando que la inversión en estos proyectos contribuya a la transición hacia un sistema energético más sostenible y menos dependiente de fuentes de energía contaminantes. Además, el Negociado se aseguró de que las tarifas y condiciones de interconexión sean justas y razonables, protegiendo así el interés público y los recursos financieros del estado.

Confidencialidad y próximos pasos

Es importante insistir que los detalles específicos de los proyectos contenidos en los Apéndices A, B y C de la resolución permanecerán resguardados hasta que los contratos sean ejecutados. Esto se debe a que la AEE ha solicitado un tratamiento confidencial para estos documentos, una solicitud que fue aprobada por el Negociado de Energía después de una revisión detallada de los argumentos presentados y la legislación aplicable. Según la Ley 57-2014, el Negociado tiene la facultad de otorgar tal confidencialidad para proteger información sensible mientras se asegura de que la transparencia y el interés público no se vean indebidamente afectados.

El siguiente paso en este proceso es que la AEE obtenga la aprobación de la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico (FOMB/JSAF). Este requisito es esencial antes de que los contratos puedan ser formalmente ejecutados. Sin la aprobación de la FOMB, los contratos podrían ser declarados nulos, lo que subraya la importancia de este paso en el proceso de contratación.

Order Approving Tr 2 Contracts

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