El Viceministerio de Energía y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) notificaron a todos los agentes adjudicatarios de la última subasta a largo plazo de energías renovables sobre la fecha límite para la firma de contratos, fijada para el 18 de febrero próximo.

En una circular (descargar), se señala que las empresas que no acaten con ello, recibirán sanciones ejercidas por la Superservicios.

Según pudo saber Energía Estratégica, la advertencia fue lanzada a raíz de que algunos comercializadores que no participaron directamente de la subasta, pero que fueron aludidos por defecto a través del Mecanismo Complementario, se rehúsan a firmar sus respectivos contratos.

Cabe recordar que de los 4.595,67 MWh/día de energía que se adjudicaron, el 55,52% (equivalente a 2.551,27 MWh/día) fue seleccionado en la licitación; el 44,49% restante (2.044,4 MWh/día) ingresó por el Mecanismo Complementario.

Una de las críticas de los comercializadores pasa por el valor de los contratos. Mientras que en el primer proceso de la subasta el precio promedio ponderado fue de 135,85 pesos colombianos por kWh, el del Complementario fue de 180,72 pesos colombianos por kWh.

Si bien hubo gran interés de los comercializadores por la convocatoria, ya que, de los 46 adjudicados, 44 participaron activamente de ella, el resultado quedó en manos de unos pocos: Sólo 7 se hicieron de las ofertas baratas del primer proceso de la subasta. Éstos son: Codensa, Caribemar de la Costa; Central Hidroeléctrica de Caldas; AES Chivor; Electrificadora del Meta; Empresa de Energía del Quindío; y Enermas.

Fuente: XM

La obligatoriedad del Plan Nacional de Desarrollo

Entre los argumentos que el Gobierno de Colombia expone a los comercializadores para la firma de sus respectivos contratos, les recuerda que la reglamentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) solicita que un 10% de sus compras de energía deban provenir de energías renovables. Esa obligación deberá correr a partir del año 2024.