La Asamblea Nacional de Panamá aprobó la incorporación de nuevos beneficios para la energía solar. Y, desde la Secretaría Nacional de Energía se comunicó a Energía Estratégica la publicación de esta iniciativa legislativa en la Gaceta Oficial Digital de este miércoles 27 de diciembre. 

Se trata de la Ley 417 que modifica una disposición de la Ley 37 de 2013, que establece el régimen de incentivos para el fomento de la construcción, operación y mantenimiento de centrales y/o instalaciones solares. 

En concreto, se decreta que en el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 37 se incorpora al impuesto selectivo al consumo como nueva exención que se podrá solicitar -adicional a los ya contemplados desde 2013-. 

Un detalle no menor es que se aclara que se eximirá a constructores, operadores e instaladores de centrales solares, así como a toda persona natural o jurídica que adquieran bienes descritos en la ley y sin límite de cantidad. 

De esta manera, la medida resulta favorable para la ejecución de proyectos en todos los segmentos del mercado, por lo que desde proyectos a gran escala hasta instalaciones para autoconsumo podrán gozar de sus beneficios. 

Y, un detalle, que se mantiene respecto a la Ley 37 del 2013 es que las centrales y/o instalaciones solares que se encuentren en construcción tendrán un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la disposición para solicitar el reconocimiento de la exoneración. 

¿Cuándo entrará en vigencia? De acuerdo con el artículo 3 de esta Ley 417, comenzará a regir en el año fiscal siguiente a la promulgación. 

A partir de allí, los interesados en solicitar este tipo de exoneraciones deberán remitirse ya no a la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos sino al Ministerio de Economía y Finanzas, que será la cartera de gobierno que esté a cargo del procedimiento. 

 

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