En un escenario de incrementos de precios del petróleo a nivel internacional, el Gobierno Nacional resolvió no incrementar el impuesto a los combustibles (IDC e ICL) “para mitigar el impacto en los precios en el surtidor”.
Entonces, “en febrero se pospondrá el recupero de impuestos, por lo que el impuesto a los combustibles de ese mes será igual que el de enero”, comunicó la Secretaría de Energía.
A tal efecto, se oficializó el decreto 51/2025, que en sus considerandos describe que “por el Decreto 466/2024 se postergaron los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos precitados, derivados de las actualizaciones correspondientes al cuarto trimestre calendario del año 2023 y al primer trimestre calendario del año 2024, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, conforme a un cronograma, cuyo último tramo fue prorrogado parcialmente hasta distintas fechas a través de los Decretos 554, 681, 770, 863, 973, 1059, y 1134/2024”.
“Conforme a las normas indicadas, los efectos de los incrementos remanentes diferidos correspondientes a las actualizaciones señaladas resultarían aplicables a partir del 1° de febrero de 2025, inclusive”. se señala.
Y también se prorrogaron los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos para los mismos productos, originados en la actualización correspondiente al segundo y tercer trimestres calendario del año 2024, los cuales serían de aplicación, conforme el Decreto 1134/24, desde la misma fecha.
“Con el propósito de continuar con la finalidad (de evitar mayor inflación) resulta necesario, para los productos en cuestión, volver a diferir parcialmente el incremento (de impuestos)correspondiente al primer trimestre calendario de 2024 y, en su totalidad, el del segundo y tercer trimestres calendario del año 2024”, señala el decreto.
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