La Secretaría de Energía fijó, a través de tres resoluciones, los nuevos precios para el Biodiesel destinado a su mezcla obigatoria con gasoil, y para el bioetanol a base de maíz, y a base de caña de azúcar, para su mezcla obligatoria con nafta.
Por la resolución 71/2024 se fijó en °PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA ($ 938.540) por tonelada el precio mínimo de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil en el marco de lo dispuesto por la Ley 27.640, para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de mayo de 2024 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace”.
Asimismo, por la resolución 72/2024 Energía fijó en °PESOS QUINIENTOS SETENTA ($ 570) por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz destinado a su mezcla obligatoria con nafta” (Ley 27.640, de bicombustibles), el cual también regirá para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de mayo de 2024 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace”.
Por la resolución 73/2024 la S.E. fijó en °PESOS SEISCIENTOS VEINTIDÓS ($ 622) por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar destinado a su mezcla obligatoria con nafta”. Regirá para las operaciones durante el mes de mayo 2024 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.
El plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los SIETE (7) días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.
En tanto, el plazo de pago del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar no podrá exceder, en ningún caso, los TREINTA (30) días corridos a contar desde la fecha de la factura.