Proyecto de Ley de Biocombustibles: Comunicado del IAE Mosconi

El IAE Mosconi publicó un comunicado con su posición, y propuestas, respecto al Proyecto de Ley de biocombustibles tratado en la Cámara de Diputados de la Nación.

El 28 de septiembre de 2020 el IAE Mosconi emitió su comunicado “Los graves problemas que
afronta la cadena de valor de los biocombustibles requieren una urgente solución por parte del
gobierno nacional”, en el cual se daba cuenta de la emergencia del sector.
En esa oportunidad el Instituto realizó una serie de recomendaciones al gobierno que incluían:

1) la fijación del precio de los biocombustibles;

2) la prórroga de la Ley 26093 vigente por el plazo de 1 año;

3) la fijación y fundamentación de los porcentajes de mezcla para biodiesel y bioetanol para el
periodo de prorroga de la Ley; y

4) la creación de una Comisión Asesora con el objetivo de elaborar un nuevo proyecto de Ley que podría tener tratamiento parlamentario al finalizar la prorroga a la que se refiere en el punto 2).

En el corriente mes, faltando muy pocos días para el vencimiento de la vigente Ley 26.093, e
ignorando que existe un proyecto de ley de prórroga con media sanción del Senado de la Nación, el
bloque de Diputados nacionales del Frente de Todos presentó un nuevo proyecto a fin de darle
rápido trámite parlamentario dejando de lado el tratamiento del proyecto que cuenta con media
sanción.
En este contexto consideramos necesario realizar las siguientes consideraciones.
Reiteramos la relevancia de la inserción de los biocombustibles en la matriz energética nacional que
aporta el 4% de la energía primaria, el impacto positivo del sector en el balance comercial energético
con exportaciones que promediaron los USD 960 millones en los últimos tres años y su contribución
a la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero que permitirán reducir al 2030 hasta
el 5,6% de las emisiones comprometidas por la Argentina ante la comunidad internacional.
El proyecto en consideración en la Cámara de Diputados, modifica, sin fundamentación técnica ni
ambiental, los niveles de corte el corte para el biodiesel y, si bien mantiene los niveles para el
bioetanol, permite compensaciones discrecionales entre el bioetanol de maíz y el de caña de azúcar.
Al mismo tiempo permite a la Secretaria de Energía como autoridad de aplicación modificar de
forma unilateral los niveles de corte, fijar y asignar cupos, regular precios y rentabilidades,
cuestiones que sin un marco de referencia y objetivos claros atentan contra la certidumbre y
seguridad jurídica, necesarias para garantizar inversiones, y contra la competitividad del sector.
El próximo 12 de mayo vencen los plazos previsto en la Ley 26.093. Antes de intentar sancionar una
nueva ley por plazos largos como se pretende en el Proyecto del Frente de Todos, es fundamental
que la Autoridad de Aplicación de la ley vigente, es decir la Secretaría de Energía de la Nación,
presente ante el parlamento y ante la ciudadanía los resultados de la aplicación delrégimen vigente;
evaluando con fundamentos científicos, técnicos, económicos y ambientales el resultado de la
aplicación de una de promoción al sector durante los últimos 15 años. Esto incluye naturalmente:
el inventario de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero evitadas, la huella de carbono de los
diversos biocombustibles utilizados bajo el régimen de promoción; el costo fiscal de la promoción y
toda otra información que la Autoridad de Aplicación estime de utilidad para el futuro.
Al mismo tiempo la Autoridad de Aplicación debería poner en conocimiento del Parlamento los
objetivos de largo plazo y metas intermedias del Gobierno nacional en materia de reducción de
emisiones de gases de efecto invernadero y de utilización de Biocombustibles compatibles con los
anuncios del presidente de la Nación ante la comunidad internacional en la reciente cumbre del
clima del 22 de abril en la que textualmente afirmó “ Elevamos nuestra Contribución Determinada
Nacional” un 27,7 % respecto a la de 2016 (…) Estos son pasos consistentes con la meta de 1,5°
grados centígrados y la neutralidad de carbono al 2050. Asumimos el compromiso de desarrollar
el 30% de la matriz energética nacional con energías renovables ”
1
.
2. La propuesta
Atento a la urgencia del vencimiento del programa vigente, la necesidad de diseñar una política
pública sostenible y sustentable para los biocombustibles y evaluar con fundamentos técnicos,
económicos y ambientales el resultado de la política de promoción aplicada en los últimos 15 años,
es que reiteramos nuestras recomendaciones realizadas en septiembre 2020:
a) Recomendar al Congreso Nacional la prórroga por un año a partir del 1 de mayo de 2021
del Régimen de Promoción de la Ley 26.093 según lo establecido en el artículo 1° de dicha
Ley.
1 Del Discurso del Presidente de la Nación Alberto Fernández pronunciado en la Cumbre del Clima. Fuente
Casa Rosada
b) Solicitar a la Secretaria de Energía un informe sobre el cumplimiento de los porcentajes de
mezcla en los últimos 24 meses.
c) Requerir a la Secretaria de Energía en carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley 26.093
que fije en forma fundada los porcentajes de mezcla para Biodiesel y Bioetanol para el
período de comprendido de prórroga comprendido entre el 1 de mayo de 2021 y el 30 de
abril de 2022. Esta fijación debe ser compatible con la incorporación de los Biocombustibles
a la matriz energética en el marco de un Plan Energético Estratégico y de transición, que
permita visualizar un futuro contemplando la problemática energética, económica,
ambiental y social.
d) Recomendar al Poder Ejecutivo la creación de una Comisión Asesora para la elaboración de
un Proyecto de Ley de Biocombustibles que regirá a partir de la finalización del Régimen.
e) Dicha Comisión deberá tener como el objetivo principal recomendar políticas públicas a
incluir en el Proyecto de Ley que garanticen la neutralidad de emisiones en todo el proceso
de comercialización de biocombustibles de origen nacional, e incluir políticas de fomento
al avance cualitativo de la industria con la incorporación de biocombustibles de segunda
generación.
f) Para cumplir con estos objetivos, el Consejo Asesor deberá contar con la participación de
la Autoridad Ambiental de la Nación, de las Provincias productoras o potencialmente
productoras de biocombustibles y la convocatoria al Gabinete Nacional del Cambio
Climático.

Comisión Directiva
Instituto Argentino de Energía “Gral. Mosconi”
30 de abril de 2021

 

Fuente:http://revistanuevasenergias.com/2021/05/04/proyecto-de-ley-de-biocombustibles-comunicado-del-iae-mosconi/