Días atrás, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) había rechazado una medida precautoria que frenó la evaluación de ofertas económicas de la licitación de obras de transmisión de Chile, tras la demanda interpuesta por Ferrovial Power Infrastructure Chile contra el Coordinador Eléctrico Nacional por haberlos descalificado en la convocatoria destinada a la realización de seis nuevas obras eléctricas y nueve de ampliación.
Sin embargo, la historia dio un giro de 180° y, esta semana, el TDLC dio lugar a la medida cautelar de la compañía demandante y le ordenó al CEN “suspender los efectos del acta de evaluación de ofertas Económicas, de 12 de septiembre de 2022, exclusivamente en la parte que descalificó la oferta económica formulada”. Es decir, en aquellas obras en las que Ferrovial presentó ofertas.
Y cabe recordar que Ferrovial fue una de las nueve compañías que competían en el proceso y dentro de sus propuestas económicas figuró una por un valor USD 1 respecto Grupo de Obras G1 (Aumento de capacidad línea 2×220 kV Tarapacá – Lagunas – Tramo Nueva Lagunas – Laguna).
A raíz de ello, el Coordinador Eléctrico Nacional las descalificó automáticamente por no cumplir determinados requisitos / precios mínimos, por lo que Ferrovial presentó una demanda contra el organismo alegando que la descalificación infringía la ley o no eran consideradas, pese al libre comercio que rige en Chile. Hecho que puso en pausa el proceso de evaluación y adjudicación.
Daniela González, experta en regulación del sector energía y derecho administrativo y fundadora de la Consultora Domo Legal, nuevamente conversó con Energía Estratégica y explicó que el CEN deberá responder a la resolución del TDLC, con los argumentos que estime pertinentes.
“Eso significa que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia considerará los antecedentes presentados por la empresa demandante y por el Coordinador Eléctrico Nacional y deberá decidir si mantiene o no la medida cautelar ”, detalló.
Mientras que el resto de la Licitación Pública Internacional de Obras Nuevas fijadas por Decreto Exento N°229/2021 y las Obras de Ampliación Condicionadas fijadas por Decreto Exento N°185/2021, no se verían afectadas por este proceso y, por lo tanto, las autoridades del país trasandino podrían continuar con la adjudicación de manera normal.
Aunque bajo la mirada de la experta en regulación del sector energético, y que el CEN ya emitió su acta, “correspondería que se suspenda, respecto del conjunto de obra en cuestión, el decreto de adjudicación que le corresponde al Ministerio de Energía de Chile”.
“Pero supongo que el Coordinador informará de ello al Ministerio y éste debería abstenerse y continuará la tramitación de la asignación, al menos hasta que se resuelva la medida cautelar”, sostuvo Daniela González.